Requisitos para acceder a los viajes del Imserso 2022

El Programa de Turismo del Imserso para 2022 ya ha dado a conocer los destinos y precios para esta temporada

Los viajes del Imserso vuelven a la carga en este 2022 y muchas son las personas que piensan en participar en los viajes del Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Fue a finales de 2021 cuando se puso en marcha dicho Programa de Turismo del Imserso. Con dos meses de retraso, el Gobierno de España lanzaba la comercialización de estas ofertas de turismo para personas mayores, que estaba prevista para octubre, pero debido al coronavirus se retraso hasta diciembre.

Ahora que ya se conocen los destinos y precios del programa de turismo, los interesados en participar en estos viajes del Imserso quieren saber cuales son los requisitos que han establecido este 2022 para poder disfrutar en estos viajes.

Requisitos de los viajes del Imserso 2022

Con la vuelta del turismo del Imserso a la vuelta de la esquina, como ya hemos comentado, los demandantes de estos viajes esperan a conocer las fechas del Plan de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Los requisitos de los viajes del por la que se regula el Programa de Turismo del Imserso se recogen en la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre y la Resolución de 17 de junio de 2021 por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar.

viajes del imserso personas mayores

En este sentido, los requisitos para optar a los viajes del Imserso en 2022 serán los siguientes:

  1. Residentes en España: podrán participar en el programa de turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    1. Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
    2. Pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
    3. Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
    4. Titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
  2. Españoles residentes en el exterior que reúnan los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa del Imserso. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica; Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo; Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza; podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
  3. Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España. Eso sí, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.

Otros requisitos

Además de los citados con anterioridad, otro de las oportunidades que ofrecen las personas usuarias del Imserso es que podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Asimismo, desde el Imserso señalan que podrán ir acompañadas de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

Por último, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales. recoge que las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

¿Quiénes pueden ser acompañantes de las personas beneficiarias del Programa de Turismo del Imserso?

Las personas usuarias podrán ir acompañados en el viaje del Imserso por su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.

Como es obvio, todo ello sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Desde el Imserso destacan que también podrán acompañar a los hijos con discapacidad que tengan un grado igual o superior al 45 por ciento.

Eso si, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

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