Los trabajadores españoles en 2024 tienen la oportunidad de acogerse a la modalidad de jubilación anticipada involuntaria, también conocida como jubilación anticipada forzosa. Para ello, es necesario cumplir una serie de requisitos básicos.
En primer lugar, los profesionales de BBVA explican que «para acogerse a la jubilación anticipada involuntaria o forzosa es necesaria la extinción de la relación laboral sin que sea producida por causa imputable a la libre voluntad del trabajador».
Hay que tener en cuenta que los trabajadores autónomos no pueden acogerse a la jubilación anticipada involuntaria, tal y como se establece en la normativa de la Seguridad Social. Solamente está permitida para los trabajadores por cuenta ajena.
Requisitos de la jubilación anticipada involuntaria en 2024
Existen ciertas causas de extinción de la relación laboral que dan derecho al trabajador a acogerse a la jubilación anticipada forzosa. Algunos de los motivos más evidentes son el despido colectivo (ERE), despido objetivo del trabajador o la extinción del contrato de trabajo por fuerza mayor constatada por la autoridad laboral, entre otros.

Además de que exista una causa específica sobre la extinción de la relación laboral, también se deben cumplir otros requisitos básicos para acogerse a la jubilación anticipada involuntaria en 2024.
Por otro lado, es obligatorio que el trabajador se encuentre inscrito como demandante de empleo en las oficinas de servicio público de su Comunidad Autónoma, durante un periodo de seis meses como mínimo previos a la fecha de solicitud de la jubilación anticipada.
Otro aspecto clave es la edad de jubilación anticipada involuntaria vigente. A través de esta modalidad, los trabajadores pueden adelantar su retiro laboral hasta en cuatro años como máximo con respecto a la edad ordinaria de jubilación.
En 2024, la edad de jubilación ordinaria es de 66 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años a la Seguridad Social. Por su parte, es de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.
Así, la edad mínima de jubilación anticipada involuntaria en 2024 es de 62 años y seis meses para las personas con menos de 38 años cotizados a la Seguridad Social. Igualmente, será de 61 años para aquellas personas con una cotización igual o superior a 38 años.
Requisitos de cotización
Desde BBVA aclaran que «a estos efectos de cálculo de la edad para acceso a la jubilación anticipada voluntaria, no resultan de aplicación las bonificaciones de edad de las que puedan beneficiarse los trabajadores de algunos sectores profesionales por la realización de actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres y las personas con discapacidad igual o superior al 45% o al 65%».
Con todo ello, la Seguridad Social también exige el cumplimiento de ciertos requisitos de cotización para tener derecho a la jubilación anticipada involuntaria en España en 2024.
En concreto, requieren que el trabajador haya cotizado, al menos, 33 años a la Seguridad Social. Además, dos de esos años de cotización deben haberse completado en los 15 años inmediatamente anteriores al hecho causante que ha generado el acceso a la jubilación anticipada forzosa.
Como conclusión, los expertos de BBVA afirman que «se considera como cotizado el periodo de realización del servicio militar, la prestación social sustitutoria y del servicio social femenino, con un máximo computable de 1 año. Sin embargo, no se tiene en cuenta, a efectos de cómputo de periodo cotizado, la parte proporcional por pagas extraordinarias».