La tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad son un elemento indispensable para las personas con discapacidad con problemas de movilidad o de visión. En innumerables ocasiones hemos hablado del uso fraudulento que se hacen de esta ayuda para la movilidad y accesibilidad de las personas con discapacidad. Pero se debe de tener en cuenta que esta tarjeta se debe de renovar, que no es para siempre.
Desde hace unos años, la legislación española sobre la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida se adaptó a la Recomendación del Consejo Europeo. En este caso, además de ser válida en todo el territorio nacional la tarjeta de aparcamiento se puede usar en cualquier país de la Unión Europea. Desde entonces se conoce con el nombre de Tarjeta europea de estacionamiento.
Como hemos indicado anteriormente, la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida no es para siempre. Hay que renovarla de manera periódica, incluso en los casos en los que la persona tenga una discapacidad permanente. Esto es algo que la Junta de Andalucía quiere cambiar, ya que si la discapacidad es permanente, piensa que la tarjeta debería de ser permanente.
En la actualidad, el periodo de vigencia de las tarjetas es de cinco años. Una vez que transcurra dicho tiempo, la persona deberá de renovarlo. De lo contrario, habrá perdido la vigencia y las personas que la usen podrán ser multadas si estacionan en aparcamientos reservados.
Dónde y cómo renovar la tarjeta de aparcamiento para PMR
En España nos encontramos ante un caso muy peculiar. La legislación es nacional, sin embargo las comunidades autónomas son las encargadas de establecer la normativa que regula el uso de la tarjeta de aparcamiento. Sin embargo, la gestión corre a cargo de las entidades locales, es decir de los ayuntamientos municipales, que es el lugar donde hay que dirigirse para solicitarla por primera vez como para renovarla.
En general, para renovar la tarjeta de estacionamiento se requiere:
- Fotocopia del DNI
- Copia del carnet de conducir
- Copia del Certificado de Discapacidad
- 2 fotos tamaño carnet del titular de la tarjeta
- Disponer de tarjeta de aparcamiento
Los tres primeros documentos solo se utilizarán en caso de que se hayan cambiado desde la última renovación de la tarjeta. Es decir, habrá que presentar el DNI en caso de que se haya renovado desde la última que se expidió la tarjeta de aparcamiento. Si no ha cambiado, no será obligatorio presentarlo.
De todas formas, habrá que dirigirse al ayuntamiento para consultar que documentación se necesita para renovar la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.