Encontrar una vivienda en alquiler que se adapte a nuestras necesidades y poder llegar a tener un buen contrato de arrendamiento por ella, no es tarea fácil en la actualidad. El acceso a un hogar se ha vuelto complicado hasta para las personas cuya intención no es comprar, sino arrendar. Y es que a los precios desorbitados que se encuentran en la actualidad, hay que sumar que la demanda en muchos puntos de España, es superior a la oferta que se ofrece.
Así que si te quieres independizar o mudar en alquiler, lo primero que te recomendamos es paciencia. Busca bien entre las opciones disponible, procura visitar el inmueble y que la desesperación no te haga comprometerte a nada solo mediante fotos, llama, pregunta, infórmate, y cuando estés decidido, cerciórate de que el contrato de arrendamiento cumple con lo establecido. Pues este documento, es de vital importancia a la hora de resolver cualquier conflicto que puedas tener.
No obstante, hay otra duda que muchos arrendatarios tardan en resolver, y en algunos casos, puede ser tarde. Y es que aun en la actualidad es habitual, que quien esté detrás de una vivienda para alquilar, sea una inmobiliaria. Estas empresas son las encargadas de enseñar el inmueble, informar acerca de las condiciones de alquiler o compra y gestionar todo lo relativo a la relación entre ambas partes, es decir, entre propietario y comprador o arrendatario. Sin embargo, la duda es, ¿Quién paga los gastos de esta empresa?
¿Quién paga los honorarios de la agencia?
Gracias a la nueva Ley de Vivienda aprobada el pasado mes de abril, el propietario es quien debe de asumir tanto los gastos de gestión inmobiliaria, así como los de formalización del contrato de arrendamiento. Una modificación que a efector prácticos, beneficia a los inquilinos, ¿El motivo? Pues que hasta dicha modificación, la Ley de Arrendamientos Urbanos no determinaba quine debía correr con estos gastos. Esta libertad, hacía que en la mayor parte de las ocasiones, fuese el arrendatario quien asumiera estos gastos, lo cual ahora, es totalmente ilegal.

Otra de las dudas más recurrentes en estos caso es en base a los honorarios de las inmobiliarias. En este sentido, lo más habitual en España es que estas cobren el importe de una mensualidad entera del alquiler, o que se les pague el 10 por ciento más IVA de la renta de todo el año. Esto significa, que si el contrato de arrendamiento fija la mensualidad en 1.000 euros, este gasto podría ser o de 1.210 euros si es una mensualidad más IVA, o de 1.452 euros si es el 10 por ciento de la renta de todo el año más IVA.
La importancia del contrato de arrendamiento
A pesar de contar con los servicios de una agencia, debes conocer cuales son los datos que deben figurar en un contrato de arrendamiento si no quieres tener problemas. En este sentido, lo primero son los datos personales, nombre completo y DNI, del propietario y el inquilino. Además, deben aparecer todos los datos del inmueble que se va a alquilar, como la dirección, si tiene o no garaje o trastero, y datos más específicos como la referencia catastral, y los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad.
Finalmente, existen otros datos que marcan el acuerdo entre ambas partes para alquilar una vivienda, y que deben estar bien especificados. Estos son:
- La duración del alquiler.
- La renta mensual establecida, así como la fianza. En este apartado, debe incluirse también cuando y cómo se van a hacer los pagos.
- Quien debe pagar los gastos. Pues a veces estos están incluidos, y otros debe ser el inquilino quien se haga cargo.
- De quien es responsabilidad según que tipo de reparaciones y modificaciones que se hagan a la vivienda.