¿Puedo realizar una factura sin ser trabajador autónomo? Esta es una de las preguntas más recurrentes en trabajadores por cuenta ajena a los que se le presenta la oportunidad de llevar a cabo alguna actividad profesional extra. Y es que no es descabellado que haya trabajadores que fuera de su jornada laboral, puedan desempeñar trabajos adicionales que por supuesto, deben justificar correctamente. Pero, ¿Es posible esto sin darse de alta como autónomo?
A pesar de lo que muchos puedan pensar, lo cierto es que sí es posible. Y es que existe la falsa creencia de que para emitir facturas, una persona debe estar dada de alta como autónomo. Cierto es que lo habitual es que si una persona emite facturas, es porque trabaja de forma independiente y es autónomo. Sin embargo, bajo ciertas circunstancias, es posible emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo.
No obstante, sí hay unas premisas que hay que cumplir para poder emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo. Así pues, si quieres realizar facturas por llevar a cabo algún servicio o producto pero no estás dado de alta como autónomo, debes darte de alta en Hacienda. Pues la Agencia Tributaria cuenta con el modelo 036 o 037, que están destinados a este fin.
Pero no basta con darte de alta en Hacienda. Pues con objeto de evitar un fraude y que muchos autónomos dejen de darse de alta para facturar de esta forma, el sistema tiene determinado unos requisitos que deben cumplirse. Además, es fundamental que cada factura vaya con su IVA incluido acorde con la actividad realizada, además de aplicar el IRPF. También debes saber que si en algún momento tienes pensado dejar de facturar, puedes darte de baja mediante los mismos modelos de Hacienda.
Requisitos para emitir facturas sin ser autónomo
Emitir una factura por llevar a cabo cualquier labor remunerada, es posible aunque no seas autónomo. Una información que no muchas personas conocen y que es importante para los trabajadores que necesiten sacarse un dinero extra llevando a cabo otra labor, a pesar de trabajar por cuenta ajena. Y es que hasta ahora, la creencia más extendida preveía que para trabajar por cuenta propia, siempre había que estar dado de alta como autónomo.
Y de forma general, es así. Pero esto no es cien por cien real. Precisamente, para que las personas que trabajan por cuenta ajena, puedan, dentro de unos límites, poder sacarse una ganancia extra. Sin embargo, esta opción está bastante delimitada con el objeto de evitar fraudes. Pues de no ser así, podrá darse el caso de personas que trabajan como autónomos pero facturan de esta forma, y no, esto no es posible.
Pero, ¿Cómo se distingue en qué casos sí se puede facturar sin estar dado de alta como autónomo y en qué casos no? En base al cumplimiento de los requisitos exigidos para tal fin. Estos son:
- La actividad no puede ser habitual. Es decir, no puede repetirse en tiempo y forma.
- La cuantía ingresada no puede superar el SMI. Esto significa, que no se pueden ingresar más de 1.134 euros al mes.
- Hay que darse de alta en Hacienda. Esto se hace mediante el registro de Actividades Económicas con el Modelo 036 o 037.
- Se puede emitir facturas para actividades esporádicas. Esta actividad no puede ser la mayor fuente de ingresos ni ser recurrente.
Límite de ganancia establecido
El límite máximo de ingresos por el que se puede facturar en un mes, es el correspondiente al importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, tras la reciente reforma, esta cuantía es de 1.134 euros al mes. De lo contrario, el trabajador deberá darse de alta como autónomo.