En pleno 2021 siguen existiendo diferencias importantes entre trabajadores autónomos y el resto de trabajadores. Si bien, en los últimos años, estos aspectos distintivos se han intentado reducir, especialmente gracias a la reivindicación de diferentes asociaciones como ATA.
En este sentido, uno de los aspectos que es conveniente mejorar en el colectivo del trabajador autónomo es el sistema de cotización. Así, el Ejecutivo central, asociaciones de autónomos y agentes sociales continúan negociando para que el nuevo sistema de cotización por ingresos reales sea una realidad.
Los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a una prestación por maternidad. Así, aunque puede ser desconocido para una gran parte de la población, los trabajadores autónomos pueden acceder a esta prestación por maternidad en los mismos términos. Aunque existen pequeños matices.
Protección por maternidad de trabajadores autónomos
El Pacto de Toledo siempre ha pretendido igualar la protección de los trabajadores pertenecientes a cualquier régimen de la Seguridad Social. Especialmente, ha intentado acercar la protección entre los trabajadores del régimen general y del RETA.
Así, actualmente los trabajadores autónomos tienen el mismo derecho a percibir la prestación por maternidad y en las mismas condiciones. Si bien, existen pequeñas matizaciones relacionadas con la actividad laboral a desarrollar.
Situaciones de protección en 2021
El sistema protege las siguientes situaciones, cómo maternidad biológica, adopción o acogimiento. Así, estas situaciones de protección están dirigidas tanto a trabajadores por cuenta ajena como a trabajadores autónomos.
En caso de maternidad biológica la titularidad por protección siempre será para la trabajadora autónomos, con independencia de la posibilidad de ceder su parte del derecho al padre del bebé. Si bien, en cualquier caso, las primeras seis semanas después del parto deberá usarlo obligatoriamente la madre.
Si bien en 2021 los trabajadores autónomos, tanto padres como madres tienen la oportunidad de disfrutar de hasta 16 semanas de protección por ‘maternidad’.
Requisitos del trabajador autónomo para acceder a la protección
Los trabajadores autónomos deben cumplir los mismos requisitos que el resto de trabajadores para tener derecho a la protección por maternidad en este año 2021. Estos son los requisitos generales más destacados:
1. Estar en situación de alta o asimilada de alta.
2. Tener cubierto un periodo de cotización mínimo en función de la edad de la persona beneficiaria en el momento de solicitar la baja por maternidad.
Entre los 21 y 26 años, es necesario contar con 90 días de cotización correspondientes a los últimos 7 años o 360 días en toda su vida laboral.
En caso de que la persona beneficiaria sea menor de 21 años, no es necesario contar con una cotización previa. Solamente es conveniente acreditar el alta o situación asimilada de alta.
3. Por último, en los casos de baja por maternidad, el periodo de cotización exigido será de 180 días en los últimos siete años, o 360 días en toda la carrera laboral para todos los autónomos hombres.