Una de las dudas que pueden surgir entre los ciudadanos es si el derecho a cobrar una pensión de jubilación prescribe una vez superado un número determinado de años. Es decir, que el usuario no haya solicitado la pensión por un despiste o desconocimiento.
También puede ocurrir una situación similar con diferentes prestaciones de la Seguridad Social. Por ello, hay que tener en cuenta lo que recoge la normativa al respecto de la prescripción del derecho a prestaciones y pensiones.
En el caso de las prestaciones de la Seguridad Social, pueden prescribir a los cinco años. Hablamos de un periodo de cinco años a contar desde el día siguiente a que tenga lugar el hecho causante de la prestación en cuestión.
¿PRESCRIBE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN
Respecto a la regla descrita anteriormente, no se cumple con la pensión de jubilación, pensión de viudedad, pensión de orfandad y pensión en favor de familiares. Es decir, el reconocimiento de este tipo de pensiones en España no prescribe.
Desde BBVA explican que, según la Ley actual, «los efectos económicos de estas prestaciones se retrotraerán a los tres meses anteriores a la fecha de solicitud de la pensión». En definitiva, el derecho a la pensión de jubilación no prescribe nunca.
Hay que recordar que para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación en España es necesario haber cotizado durante, al menos, 15 años a la Seguridad Social. Dos de esos años de cotización se tendrán que haber completado en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.
El Real Decreto 453/2022, de 14 de junio, regula diferentes ámbitos de gestión de la Seguridad Social. Dicho Real Decreto deja claro que el derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación contributiva es «imprescriptible». Además, indica que «los efectos económicos del reconocimiento del derecho a la pensión se producirán, con carácter general, a partir del día siguiente a la fecha en que se produzca el hecho causante».
PRESCRIPCIÓN DE PRESTACIONES
Como hemos podido comprobar, el reconocimiento de la pensión de jubilación no prescribe en España. Sin embargo, sí que prescriben otras prestaciones gestionadas por la Seguridad Social.
Así, la normativa vigente recoge diferentes situaciones en las que se puede interrumpir una prescripción de prestación de la Seguridad Social:
- Causas ordinarias que recoge el artículo 1973 del Código Civil: «por su ejercicio (actuación) ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor».
- Por la reclamación ante la Administración de la Seguridad Social o Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- Por incoación de expediente tramitado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Finalmente, los expertos de BBVA aclaran que «la prescripción quedará en suspenso cuando se entable acción judicial contra un presunto culpable, criminal o civilmente, mientras aquella se tramite, volviendo a contarse el plazo desde la fecha en que se notifique el auto de sobreseimiento o desde que la sentencia adquiera firmeza».
Sea como fuere, los pensionistas en España pueden estar tranquilos ya que el reconocimiento de una pensión de jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares no prescribe.