Los años cotizados a la Seguridad Social son fundamentales para tener derecho a cobrar una pensión contributiva de jubilación. Además, los años cotizados también determinan la cuantía a recibir por la pensión de jubilación.
Desde la Seguridad Social manifiestan que «la prestación económica por jubilación, incluida en todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, trata de sustituir las rentas del trabajo por una pensión vitalicia, única e imprescriptible, cuando el trabajador a causa de la edad cesa total o parcialmente en su actividad laboral».
Pensión de jubilación con menos de 15 años cotizados
La normativa de la Seguridad Social es clara. Para tener derecho a cobrar la pensión contributiva de jubilación es obligatorio haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Además, dos años de cotización deben haberse completado en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.
Por tanto, si una persona ha cotizado menos de 15 años a la Seguridad Social, no podrá cobrar una pensión contributiva de jubilación. Sin embargo, la Seguridad Social contempla una pensión especial para aquellas personas que no han cotizado lo suficiente.
Hablamos de la pensión no contributiva de jubilación del IMSERSO. Esta pensión se puede cobrar habiendo cotizado menos de 15 años a la Seguridad Social o, incluso, sin haber cotizado nunca a lo largo de la vida laboral.
Al no existir requisitos de cotización, la cuantía a percibir por la pensión no contributiva de jubilación es inferior en comparación con las pensiones contributivas de jubilación de la Seguridad Social.
Esta pensión no contributiva de jubilación es ideal para personas que no han cotizado a lo largo de su vida laboral, como por ejemplo las amas de casa. Si bien, también es necesario el cumplimiento de ciertos requisitos.
Pensión no contributiva de jubilación
La gestión de la pensión no contributiva de jubilación recae en el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales). Es otra de las diferencias importantes con las pensiones contributivas de jubilación, cuya gestión es de la Seguridad Social.
Desde el IMSERSO señalan que «la pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Según informan desde el IMSERSO, estos son los requisitos básicos que se deben cumplir para tener derecho a cobrar la pensión no contributiva de jubilación en España:
- Tener cumplido, al menos, 65 años de edad.
- No es necesario cumplir ningún requisito de cotización.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante diez años como mínimo desde los 16 años hasta el devengo de la pensión. Dos años de residencia deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
- Carecer de rentas: En 2024 existe carencia de rentas cuando los ingresos de una persona individual son inferiores a 7.250,60 euros al año en cómputo anual.
Por tanto, las personas que cumplan con estos requisitos podrán percibir esta pensión especial de jubilación, siempre que no reúnan los requisitos de cotización necesarios para cobrar la pensión contributiva de jubilación.
Respecto a la cuantía de la pensión no contributiva de jubilación, desde el IMSERSO concluyen que «la cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o los de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.812,65 euros anuales, que se corresponde con el 25% del importe íntegro para el año 2024″.