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Estos ciudadanos tendrían que devolver hasta 8.000 euros del Ingreso Mínimo Vital

Los beneficiarios que no cumplan con los requisitos establecidos para percibir el Ingreso Mínimo Vital, podrían ser sancionados por la Seguridad Social

Lidia Orellana Mayor Lidia Orellana Mayor
24/03/2024 12:00 - Actualizado 05/06/2025 00:23
Prestaciones
El ingreso Mínimo Vital contempla sanciones para quienes no cumplan las normas

El ingreso Mínimo Vital contempla sanciones para quienes no cumplan las normas

El Gobierno de España estima que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) beneficia ya a casi 2,1 millones de personas, lo que se traduce en más de 700.000 hogares. Esto significa, que esta ayuda sigue siendo fundamental para que muchos puedan mantener una vida digna y que además, las modificaciones que han mejorado las condiciones de acceso, haciéndolo más accesible, han dado sus frutos. Además, el Ejecutivo ha subido la cuantía de esta prestación en un 6,9 por ciento, lo cual es un alivio para los beneficiarios que han visto como se encarecía el coste de vida.

No hay que olvidar, que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica creada para que las personas en riesgo de pobreza y exclusión social, puedan salir adelante. Es decir, busca que tanto personas que viven sola, como las que forman parte de una unidad de convivencia, tengan recursos para salir adelante. Este último punto es importante, puesto que el importe de la prestación depende en gran medida, de las personas que tenga a su cargo el beneficiario, y con quien conviva, pues el nivel de ingresos total del hogar, es relevante.

Sin embargo, el IMV no es una prestación que se conceda de por vida. Se trata de una ayuda para las personas con una situación económica realmente mala, pero cuyo fin, es que estas salgan adelante, obtengan un trabajo y puedan percibir un salario con el que mantener un nivel digno de vida. Por este motivo, la administración se guarda la potestad de decidir cuándo quita esta ayuda, siendo esto posible porque hayan mejorado las condiciones del beneficiario, o porque haya incurrido en algunas de las infracciones que contempla.

Tipos de infracciones contempladas para el Ingreso Mínimo Vital

La Administración contempla tres niveles de infracciones que pueden cometerse en torno al Ingreso Mínimo Vital (IMV). Estas pueden ser leves, graves y muy graves en función del comportamiento del beneficiario. Cabe señalar, que cada infracción lleva acarreada una sanción de la que la persona que recibe la prestación se debe hacer cargo, y esta va desde un aviso, la retirada de la ayuda o hasta la imposición de tener que devolver lo recibido del IMV durante el último medio año, es decir, durante seis meses, lo cual podría llegar a ser casi 8.000 euros.

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Pero, ¿En qué consisten este tipo de faltas? Las faltas leves, que conllevan un apercibimiento al beneficiario, son las contempladas por no aportar la documentación necesaria. En cuanto a las faltas graves, pueden ser cuatro:

  • No entregar la documentación requerida y que por tanto, se reciba una cantidad mayor a la que correspondería.
  • Que no se informe de cambios, en los primero 30 días, que puedan afectar a la cuantía del IMV.
  • Cuando se cometen tres infracciones leves, del mismo tipo, en un año, se considera como una grave.
  • No cumplir con el compromiso de participar en los procesos de inclusión promovidos por la administración.

Faltas muy graves por las que te pueden retirar el Ingreso Mínimo Vital

En cuanto a las faltas muy graves por las que la Seguridad Social te puede retirar el Ingreso Mínimo Vital (IMV), son las siguientes:

  • No aportar la documentación requerida que demuestre que se siguen cumpliendo los requisitos para percibir el importe establecido, sobre todo, cuando se cobra más del 50 por ciento de lo que se debería percibir.
  • No informar de cambios que pudiesen repercutir en el importe de la ayuda pasados 30 días desde el suceso que originó el cambio.
  • No notificar a la Seguridad Social viajes al extranjero que duren más de 90 días.
  • Actuar de forma fraudulenta para percibir esta ayuda.
  • Cometer tres faltas graves, del mismo tipo, en un año.
  • Eludir reiteradamente la responsabilidad de participar en procesos de inclusión de la administración.
Estos ciudadanos tendrían que devolver hasta 8.000 euros del Ingreso Mínimo Vital
Lidia Orellana Mayor
Sobre el autor ▼
Soy licenciada en periodismo por la Universidad Europea de Madrid. Cuento con un Máster en Márketing Digital y RRSS, y un experto en gabinetes de comunicación política. Mi primera etapa profesional, la ocupé trabajando como redactora en medios de comunicación como Antena 3. Con objeto de conocer la 'otra parte' de la profesión, más tarde me especialicé en gabinetes de comunicación, trabajando en la planificación de estrategias de diversas empresas privadas y partidos políticos. Actualmente, aunando mi experiencia y mi pasión por escribir, soy redactora de las secciones de sociedad, empleo y prestaciones de Tododisca.
Temas: Ingreso Mínimo Vital
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