Desde Plena Inclusión han reivindicado la facilitación procesal para las personas con discapacidad intelectual como garantía de su acceso igualitario a la justicia. La confederación, formada por 950 asociaciones, ha denunciado la existencia de una inequidad estructural. De esta manera, solo el 31,5% de los procedimientos judiciales en los que se juzga a personas con discapacidad intelectual se tiene en consideración su discapacidad. Así lo recoge el informa ‘A cada lado’ de Plena Inclusión.
En este sentido, señalan que cuando una persona con discapacidad intelectual se enfrenta a un procedimiento judicial, la probabilidad de que no comprenda lo que está ocurriendo es elevadísima. Y es que se enfrenta a un sistema judicial que suele colocarle en una situación de indefensión.
Para reducir estas situaciones de desamparo, Plena Inclusión realiza desde hace años un intenso trabajo en el ámbito de los ajustes de procedimiento. De esta manera, pone especial hincapié en la necesidad del desarrollo y reconocimiento legal de la figura del facilitador procesal.
De forma paralela, numerosas asociaciones de este movimiento asociativo prestan apoyo práctico a las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo cuando se enfrentan a procesos judiciales. Así se muestran en la práctica los beneficios que genera la intervención de personas facilitadoras para impedir situaciones de indefensión.
La figura del facilitador
De acuerdo al informe ‘La facilitación del acceso a la justicia’ (Plena inclusión, 2021), la figura del facilitador es imprescindible para tener:
- Comunicación eficaz entre la persona con discapacidad y las demás personas con las que interactúa en un procedimiento judicial
- La persona con comprenda el proceso
Además, los expertos destacan que:
- Agiliza el procedimiento
- Evita la revictimización
- Contribuye a eliminar prejuicios o contribuye a humanizar la justicia, entre otros efectos añadidos.
Fruto de las acciones de incidencia política desplegadas por Plena inclusión y del resto del movimiento de la discapacidad, la figura del facilitador procesal ha sido reconocida legalmente como un profesional experto en la Ley de Enjuiciamiento Civil y de Jurisdicción voluntaria. Y desde septiembre de 2021, su intervención resulta exigible en cualquier procedimiento en el que se considere necesaria.
Peticiones de justicia
«Reclamamos al Ministerio de Justicia que avance en el reconocimiento de la figura de la persona facilitadora ya que esta carece de perfil profesional asociado, lo que pone en peligro su desarrollo y genera confusión sobre cuáles son sus funciones y competencias». Así lo denuncia Carmen Laucirica, presidenta de Plena inclusión España.
Por otro lado, salvo alguna iniciativa muy aislada, no existe ninguna financiación pública asociada al despliegue y consolidación de esta figura y está siendo prestada y financiada por las asociaciones de Plena inclusión, que son entidades sin ánimo de lucro.
Para defender la necesaria potenciación de esta figura, Plena inclusión ha presentado dos documentos que permiten avanzar en la consolidación de la figura del facilitador procesal:
- Protocolo de actuación del facilitador. Este proyecto se centra en la participación del facilitador en el procedimiento y aborda cuestiones relacionadas con la naturaleza jurídica de la figura.
- Propuesta de desarrollo profesional de la figura del facilitador procesal. Esta se encarga de abordar funciones, competencias necesarias para ello y perfiles profesionales que pueden realizarlo y formación mínima necesaria para ello.
Todas estas medidas de Plena Inclusión van dirigidas a lograr el acceso igualitario a la justicia para las personas con discapacidad intelectual.