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¿Qué personas con discapacidad tienen derecho a recibir una pensión?

Las personas con discapacidad, igual o superior a un 65%, pueden solicitar la pensión no contributiva de invalidez que ofrece el IMSERSO

RD Tododisca RD Tododisca
30/04/2023 21:32 - Actualizado 01/07/2025 12:59
Prestaciones
Persona con discapacidad en silla de ruedas que puede optar a la pensión por invalidez

Persona con discapacidad en silla de ruedas que puede optar a la pensión por invalidez

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, liderado por Ione Belarra es el órgano que se encarga de gestionar la pensión no contributiva por invalidez, que es la ayuda económica que reciben las personas con discapacidad. Eso sí, debemos de tener en cuenta que para recibir esta ayuda la persona deberá de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%.  

Desde el IMSERSO definen que las pensión no contributiva de invalidez asegura «a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».

Las personas con discapacidad que cumplan con los requisitos de esta ayuda podrán recibir la prestación económica aunque no se «haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».

Cuantía de la pensión de invalidez para 2023

En 2023, tal y como recogía los Presupuestos Generales del Estado, las pensiones no contributivas de invalidez han tenido un aumento del 15% en su cuantía. De esta manera el importe anual para el año 2023, se ha fijado en 6.784,54 euros anuales. Dicha cantidad se abona en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año (14 pagas de 484,61 euros).

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En el caso de que los pensionistas de pensión no contributiva de invalidez tengan un grado de discapacidad igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 6.784,54 € anuales. El importe de ese complemento queda fijado en 3.392,27 euros anuales. En total, la cuantía sería de 10.176,81 euros. Dicha cantidad se abona en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año (14 pagas de 726,92 euros).

Pensión no contributiva de invalidez incapacidad permanente
Pensión no contributiva de invalidez./ Licencia Adobe Stock

Desde el IMSERSO aclaran que «la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe». Para ello se tiene en cuenta «el número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida».

Requisitos para recibir la pensión de invalidez

Desde el IMSERSO señalan que para recibir la pensión no contributiva (PNC) de invalidez, la persona deberá de cumplir una serie de requisitos, entre los que se incluye:

  • Tener reconocido un porcentaje de discapacidad igual o superior al 65%
  • Tener una edad comprendida entre 18 y 65 años en el momento en el que se solicita la ayuda
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años. De ellos, dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Otro de los requisitos es de carácter económico. En este caso, para la persona con discapacidad existe una carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2023, sean inferiores a 6.784,54 euros anuales.

Así puedes solicitar la pensión no contributiva por invalidez en la Comunidad de Madrid
Así puedes solicitar la pensión no contributiva por invalidez | CANVA

Desde el IMSERSO también informan que en caso de que esa renta sea inferior a 6.784,54 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen más adelante.

Además, detallan que se hablará de unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. En este caso, el parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

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Temas: DiscapacidadesImsersoPensión
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