Las personas con discapacidad tienen la oportunidad de cobrar una pensión pública desde los 18 a los 65 años de edad. Para ello, es obligatorio cumplir una serie de requisitos específicos establecidos por parte del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
En concreto, esta pensión del IMSERSO está destinada a las personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 65% y se encuentran en situación de vulnerabilidad. Hablamos de la pensión no contributiva de incapacidad.
Pensión para personas con discapacidad entre 18 y 65 años de edad
Los profesionales del IMSERSO explican que «la pensión no contributiva de incapacidad asegura a todos los ciudadanos en situación de incapacidad y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».
Para tener derecho a cobrar la pensión no contributiva de incapacidad es obligatorio cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
- Tener una edad comprendida entre 18 y 65 años.
- Residir en España y haberlo hecho durante un periodo de cinco años desde los 16 años de edad y la fecha de devengo de la pensión. Dos de esos años de residencia deben acreditarse inmediatamente anterior a la solicitud de la pensión.
- Cumplir el requisito de carencia de rentas. Para el IMSERSO, en 2025, existe carencia de rentas para un beneficiario individual cuando sus ingresos son inferiores a 7.905,80 euros al año.
La cuantía de esta pensión para personas con discapacidad en España queda fijada cada año por parte del Gobierno de España. En 2025, el importe de la pensión no contributiva del IMSERSO es de 7.905,80 euros al año. Supone una cantidad de 564,70 euros al mes, debido a que esta pensión se abona en 14 pagas al año.
Además, las personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 75% pueden cobrar un complemento añadido en la pensión no contributiva por incapacidad. La cuantía del complemento es del 50% de los 7.905,80 euros. Por tanto, en 2025, el importe de dicho complemento se sitúa en 3.952,90 euros anuales.
¿Qué pasa a partir de los 65 años de edad?
Tal y como hemos explicado anteriormente, la pensión no contributiva de incapacidad se puede cobrar desde los 18 a los 65 años de edad. En este sentido, es normal que los ciudadanos se pregunten qué ocurre con la persona beneficiaria de la pensión.
Al cumplir los 65 años, la persona beneficiaria dejará de cobrar la pensión no contributiva de incapacidad, aunque no quedará desamparada. Si sigue cumpliendo con los requisitos anteriores, podrá pasar a percibir la pensión no contributiva de jubilación, también gestionada por parte del IMSERSO.
Así, desde el IMSERSO comentan que «la pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».
Las personas con discapacidad podrán seguir cobrando esta pensión no contributiva de jubilación a partir de los 65 años de edad. Para cobrar esta pensión de jubilación especial no es necesario cumplir con ningún requisito de cotización, como sí ocurre con las pensiones contributivas de la Seguridad Social.
Eso sí, es importante aclarar que la pensión no contributiva de incapacidad es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación. En este sentido, la pensión no contributiva de incapacidad se puede percibir desde los 18 a los 65 años de edad; y la pensión no contributiva de jubilación se puede empezar a cobrar a partir de los 65 años.