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¿Quién puede solicitar la pensión por incapacidad permanente absoluta?

Se trata de una de las principales ayudas que la Seguridad Social destina a quienes posean alguna discapacidad de gran relevancia

Redacción Tododisca Redacción Tododisca
04/06/2022 09:31 - Actualizado 05/06/2025 11:43
Prestaciones
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En este artículo vamos a contar cuál es la prestación de incapacidad permanente absoluta, qué requisitos son necesarios y qué personas pueden solicitarla.

En primer lugar, se aclara que esta ayuda sólo va destinadas a las personas que estén incluidas en el Régimen General que hayan sido declaradas en situación de incapacidad permanente absoluta.

Todo ello bajo la lupa de la Tesorería General de la Seguridad Social (LGSS), que es la encargada de calcular y remitir esta prestación.

¿Qué es la pensión por incapacidad permanente absoluta?

No todo el mundo sabe realmente diferenciar entre las cuatro formas en las que la Seguridad Social subdivide a las personas con discapacidad.

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Porque no es lo mismo una incapacidad permanente parcial, que una total o absoluta, o lo que es mayor: la prestación por Gran Invalidez.

Según establece la Seguridad Social, la pensión por incapacidad permanente absoluta es aquella que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.

Esta prestación es una de las principales ayudas que la Seguridad Social destina a quienes posean alguna discapacidad de gran relevancia.

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¿Quién puede pedir la pensión por incapacidad permanente absoluta?

En primer lugar, las personas que quieran solicitarlas habrán de estar afiliadas y en situación de alta en la Seguridad Social.

Sobre cuál es el período previo de cotización, depende de si la incapacidad permanente deriva de una enfermedad común o de un accidente no laboral.

En el caso de una enfermedad común, para los menores de 31, el período genérico es la tercera parte del tiempo entre los 16 años y la del hecho causante.

Quienes sean mayores de 31, el período genérico será de un cuarto de tiempo entre la fecha de los 20 y el hecho causante, con un mínimo de 5 años.

Lo más complejo realmente el período específico de cotización, donde debe ser un quinto del período de cotización exigible.

Si es así, hay que reunir los requisitos exigidos para acceder a la pensión de jubilación contributiva del sistema, siempre que la incapacidad derive de contingencias.

Respecto a lo que concierne al hecho causante y los efectos económicos, se abren tres escenarios bien diferenciados:

  • Si la incapacidad permanente surge tras haberse extinguido, bien por agotamiento del plazo, bien por alta médica con propuesta de incapacidad permanente.
  • Si la lesión o discapacidad no está precedida de una incapacidad temporal o no se ha extinguido.
  • Y, por último, si la incapacidad permanente se produce desde una situación de no alta ni asimilada a la alta.

La Tesorería General de la Seguridad Social (LGSS) confirma que no se tendrán en cuenta las fracciones de edad inferiores a 6 meses si son superiores.

Por último, se aclara que si hay una enfermedad común o accidente no laboral, en situación de no alta, el período genérico es de 15 años.

¿Quién puede solicitar la pensión por incapacidad permanente absoluta?
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Temas: DiscapacidadesPensión
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