La Seguridad Social se toma muy en serio las revisiones médicas para otorgar una prestación a los ciudadanos. Si un trabajador se encuentra de baja médica por un resfriado, una gripe o cualquier otro motivo, tiene obligaciones que debe cumplir si no quiere perder dinero. Uno de los más importantes es la obligación de acudir a los reconocimientos médicos convocados por la mutua colaboradora.
Según explica el abogado laboralista Óscar Ramón, si no se cumple con esta cita se pueden sufrir consecuencias graves. Por ejemplo, la Administración podría suspender, o incluso extinguir, la prestación económica por incapacidad temporal.
¿Qué ocurre con la prestación si no vas a la revisión médica?
Según el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social, las mutuas están facultadas para citar al trabajador con el fin de realizar un control de su situación médica. No acudir a estas citas médicas puede suponer un problema para el trabajador, aunque sea por un descuido.
El abogado cuenta un caso resuelto por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el que un trabajador olvida acudir a un reconocimiento médico de la mutua porque estaba pasando por un proceso vírico.
El hombre acudió al centro de salud al día siguiente, y comunicó a la mutua la situación que había ocurrido. Tras esto, la mutua colaboradora no se volvió a comunicar con el afectado, hasta que le enviaron un mensaje informándole de haber perdido el derecho a cobrar la prestación.
Tal y como cuenta el abogado, «en primera instancia se desestimó su demanda, pero en suplicación el Tribunal revocó esa decisión y ordenó restablecer la prestación».
¿Qué valoró el Tribunal para restablecer la prestación?
El afectado consiguió que le restablecieran la prestación correspondiente. Según explica Óscar Ramón, estas fueron las razones por las que el Tribunal Superior restableció su ayuda a la que tenía derecho por incapacidad permanente:
- Reconoció su olvido y lo comunicó a la mutua al día siguiente.
- Aportó un certificado médico que acreditaba que acudió al centro de salud por un cuadro vírico respiratorio con inicio varios días antes.
- Se puso de inmediato a disposición de la mutua para cualquier nuevo reconocimiento, sin haber recibido aún comunicación alguna sobre su falta.
- No mostró en ningún momento intención de eludir el control médico ni de dilatar el proceso.
«El tribunal entendió que la actuación del trabajador fue espontánea y justificada, y que la reacción de la mutua al extinguir la prestación fue desproporcionada», explica el abogado.
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