La obesidad mórbida es una situación que puede generar limitaciones importantes en la vida diaria de una persona, afectando también al ámbito laboral. En este sentido, existen ciertas situaciones en las que resulta posible solicitar una incapacidad permanente.
Los expertos de ‘Fidelitis’, especialistas en incapacidad laboral, informan que «en términos médicos, se considera que una persona padece de obesidad cuando su peso es superior a 45 kilos su peso normal para su edad y altura; dicho con otras palabras, un Índice de Masa Corporal (IMC) de 30 o más».
Incapacidad permanente por obesidad mórbida
La obesidad en sí misma no es una enfermedad que pueda ocasionar el derecho a una pensión de incapacidad permanente. Sin embargo, existen diferentes situaciones en las que sí se podría obtener el reconocimiento de una incapacidad laboral permanente.
En concreto, desde ‘Fidelitis’ manifiestan que «si el paciente tiene otras patologías o si se ha sometido a diferentes tratamientos (incluso a bypass gástrico o cirugía bariátrica) sin experimentar una mejoría significativa, o si se consideran agotadas las posibilidades terapéuticas, entonces sí podría dar lugar a una paga o pensión por incapacidad permanente».
Algunas patologías asociadas a la obesidad mórbida son las siguientes, por norma general:
- Diabetes tipo 2.
- Problemas respiratorios.
- Apnea del sueño.
- Enfermedades hepáticas.
- Desorden hormonal.
- Depresión.
- Cáncer.
- Problemas cardíacos.
- Hipertensión arterial.
- Dolores articulares.
- Enfermedades coronarias.
Además de tener en cuenta otras patologías, también juega un papel clave la profesión habitual del trabajador. Por todo ello cada caso debe analizarse de manera particular. No es lo mismo una actividad laboral que requiere esfuerzos físicos continuados a una profesión más sedentaria.
Al respecto, los profesionales de ‘Fidelitis’ indican que «un ejemplo de incapacidad por obesidad mórbida podría ser el de un agente comercial que no pueda desplazarse a grandes distancias o mantenerse mucho tiempo de pie».
Si un trabajador no puede realizar las tareas básicas de su trabajo habitual, es posible que pueda acceder a una incapacidad permanente total. En caso de que las limitaciones o secuelas afecten al desarrollo de cualquier actividad laboral, podrá solicitar una incapacidad permanente absoluta.
Cómo solicitar una incapacidad laboral por obesidad mórbida
Recuerda que la obesidad mórbida no constituye una patología que en sí misma da derecho a una pensión de incapacidad permanente. También es necesario que existan otras enfermedades asociadas.
En casos extremos, más allá de la incapacidad permanente total o la incapacidad permanente absoluta, también se podría acceder a una Gran Invalidez. Para ello, es obligatorio acreditar que la persona afectada necesita la ayuda de terceras personas.
Para solicitar una incapacidad permanente por obesidad mórbida, es fundamental cumplir con las siguientes condiciones, según los expertos de ‘Fidelitis’:
- Reunir todos los documentos e informes médicos que acrediten sus limitaciones anatómicas y funcionales.
- Contar con un informe pericial médico para defender en el juzgado, siempre que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) haya denegado previamente la solicitud.
Algunas limitaciones anatómicas y funcionales en estos casos pueden ser la dificultad para mantener una bipedestación prolongada, fatiga a pequeños esfuerzos, trabajar en altura o coger peso. Todos los detalles son claves en caso de tener obesidad mórbida y solicitar una incapacidad laboral permanente.
Si el Instituto Nacional de la Seguridad Social deniega tu solicitud de incapacidad permanente, siempre puedes acudir a la vía judicial para reclamar el reconocimiento de la incapacidad laboral permanente.






