La Seguridad Social cuenta con distintos tipo de incapacidad permanente, que se otorga a los trabajadores según su estado de salud. Actualmente, esta situación se organiza en cuatro modelos: parcial, total, absoluta y Gran Invalidez. En cualquier caso, todas ellas están sujetas a revisiones periódicas, a las cuáles deben acudir los afectados.
Las consecuencias de no acudir a una revisión médica del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) pueden ser muy perjudiciales para los trabajadores. Y es que si no existe causa justificada a través de informes u otra documentación, están obligados a ir a la cita cuando se solicite.
¿Cuántas veces te pueden revisar la incapacidad permanente?
La incapacidad permanente, sea del tipo que sea, está sujeta a unas condiciones concretas. Estas se deben cumplir durante todo el tiempo que dura la incapacidad, ya que permite a la Seguridad Social acreditar que tiene derecho a cobrar la pensión correspondiente.
Además, todos los grados de incapacidad pueden ser revisados en un período de tiempo determinado. Por norma general, el INSS puede solicitar la revisión médica en un plazo de dos años. «Se considera adecuado para evaluar cambios en las limitaciones para el trabajo y determinar si ha habido modificaciones significativas en la condición del beneficiario», explican desde ‘Toro Abogados‘.
«Durante el proceso de revisión, se volverá a examinar la documentación médica y laboral del solicitante para determinar si ha habido cambios relevantes que puedan afectar su capacidad para trabajar y justificar una revisión de la pensión de incapacidad», informan los expertos.
¿Cuánto tarda el INSS en responder a la solicitud de incapacidad?
El INSS cuenta con un plazo de tiempo determinado para responder a las solicitudes de los trabajadores. Actualmente, dispone de un plazo máximo de 135 días hábiles (aproximadamente seis meses) para resolver una solicitud de incapacidad permanente desde la fecha de presentación.
Por norma general, los solicitantes suelen obtener respuesta en un plazo de tiempo más reducido. Y es que es habitual que la Seguridad Social no tarde más de tres meses en dar respuesta a los afectados.
Sin embargo, si transcurrido este periodo no se ha recibido respuesta, se considera que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo negativo. Esto quiere decir que el solicitante puede presentar una reclamación previa en un plazo de 30 días hábiles desde la notificación.
A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, los trabajadores que soliciten la incapacidad permanente podrán consultar el estado de la solicitud. Así, podrás saber cuándo ha pasado el tiempo para que el INSS responda a tu petición y formalizar la reclamación.