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Nuevo aviso del SEPE sobre el subsidio para mayores de 52 años: «No se ha…»

Este subsidio del SEPE es una ayuda económica destinada a personas desempleadas que han alcanzado este rango de edad, pero no la de jubilación

Álvaro Gutiérrez del Álamo López Álvaro Gutiérrez del Álamo López
19/04/2025 21:00 - Actualizado 01/06/2025 00:38
Prestaciones
Nuevo aviso del SEPE sobre el subsidio para mayores de 52 años

Novedades del SEPE sobre el subsidio para mayores de 52 años

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha lanzado un nuevo aviso para las personas beneficiarias del subsidio para mayores de 52 años. Esta ayuda, dirigida a colectivos vulnerables, supone un balón de oxígeno para paliar la asfixia económica a la que están sometidas muchas familias debido, principalmente, a la escasez o ausencia de ingresos derivados de la actividad laboral.

En este sentido, el organismo estatal, a través de sus canales oficiales, ha confirmado que este subsidio dirigido a colectivos mayores de 52 años «no se ha modificado por la reforma del nivel asistencial». Por tanto, siguiendo las indicaciones del SEPE, el subsidio continúa bajo el baremo de la cuantía en el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples -IPREM- y la contingencia por jubilación del 125% de la base mínima. Además de estas dos propiedades, para solicitar esta prestación se han de cumplir una serie de requisitos y estar inscrito como demandante de empleo.

Subsidio para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años del SEPE es una ayuda económica destinada a personas desempleadas que han alcanzado este rango de edad, pero no la de jubilación; además, este colectivo ya ha cotizado lo suficiente para acceder a una pensión de jubilación en el futuro. Esta prestación permite a los beneficiarios recibir una cantidad mensual, que pueden compaginar con un empleo a tiempo parcial.

La cuantía de esta ayuda son 480 euros mensuales, lo que corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que actualmente se sitúa en 600 euros mensuales. Además, de acuerdo con el organismo, mientras se esta cobrando este subsidio, el Estado cotiza por la jubilación un 125% de la base mínima de cotización vigente cada año. Este 2025 la base mínima de cotización se encuentra en 1.381,33 euros mensuales, por lo que los beneficiarios del subsidio tendrán una base de cotización de 1.726,66 euros al mes.

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Por tanto, de acuerdo con la Administración, para optar a ser beneficiario de este subsidio se han de cumplir una serie de requisitos, establecidos por la Seguridad Social:

  • Tener 52 años o más en el momento de la solicitud.
  • Estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial.
  • Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.
  • Haber cotizado por desempleo al menos seis años a lo largo de la vida laboral.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
  • No tener rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

¿Cómo solicitar esta prestación?

Según lo dispuesto por el SEPE, la solicitud para ser beneficiario de este subsidio para mayores de 52 años se puede presentar en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha del hecho causante. No obstante, si se demanda fuera del plazo indicado, el derecho al subsidio nacerá el día de la presentación de la solicitud.

Además, informa el organismo que las personas que quieran mantener el derecho al subsidio deberán de justificar que, efectivamente, cumplen rigurosamente el requisito de carencia de rentas propias. Para ello, la persona interesada deberá de presentar ante el SEPE una declaración de rentas cada doce meses, a contar desde la fecha del nacimiento del derecho al subsidio o desde la fecha en que se haya reanudado por última vez.

Finalmente, el SEPE informa que la solicitud se puede presentar por diferentes vías:

  • La sede electrónica del SEPE.
  • En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.
Nuevo aviso del SEPE sobre el subsidio para mayores de 52 años: "No se ha..."
Álvaro Gutiérrez del Álamo López
Sobre el autor ▼
Graduado en Comunicación y Relaciones Públicas por la Universidad EADE Málaga, además de ostentar un Máster Oficial de Comunicación e Identidad Corporativa por la Universidad Internacional de La Rioja. Amplia trayectoria en medios de comunicación como El Español y gabinetes de prensa, donde he desempeñado labores de relación con públicos internos y externos -stakeholders-, redacción de contenidos y análisis de intangibles empresariales, entre otras. La planificación de medios y la definición de estrategias son los pilares de un correcto plan de comunicación, por lo que decidí formarme en el sector institucional, corporativo y empresarial, desarrollando acciones para lograr los objetivos marcados por la empresa. Actualmente trabajo como redactor de contenidos en Tododisca, especialmente en las sección de prestaciones y sociedad.
Temas: DesempleoSeguridad SocialSubsidio
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