La Seguridad Social habilita una nueva ayuda para los pensionistas en España. Se trata de un complemento económico por el que las personas beneficiarias de una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente pueden percibir 425 euros más al año en 2023.
En concreto, se trata del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Desde la Seguridad Social aclaran que esta ayuda está destinada a las personas que acrediten un perjuicio en su carrera laboral tras el nacimiento de uno o varios hijos, una situación que afecta mayormente a las mujeres en España. Sin embargo, los hombres que cumplan los requisitos también pueden acceder a esta ayuda de la Seguridad Social en la pensión.
Plus en la pensión en 2023
Desde el 4 de febrero de 2021 está en vigor este complemento económico que se puede percibir en la pensión contributiva de jubilación, viudedad e incapacidad permanente. Así, hay que tener en cuenta que la cuantía de esta ayuda se actualiza cada año en función del IPC (Índice de Precios al Consumo) del año anterior.
De esta forma, la cuantía del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones en 2023 es de 30,40 euros al mes por cada hijo con el que se den las condiciones, con un límite máximo de cuatro veces dicho importe. Es decir, con un límite máximo de cuatro hijos.
Al respecto, desde la Seguridad Social explican que «el complemento no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima».
Por tanto, con un hijo que se cumplan los requisitos se pueden añadir 425,60 euros al año en la pensión contributiva; un total de 851,20 euros por dos hijos; 1.276,80 euros por tres hijos; y 1.702,4 euros al año por cuatro hijos. Así se determina en la normativa actual de la Seguridad Social.
Compatibilidad del complemento
Este complemento económico en la pensión no es compatible con la percepción del mismo complemento por parte del otro progenitor por los mismos hijos o hijas. Es decir, solo uno de los progenitores con derecho a su percepción podrá recibirlo.
Si ambos progenitores son dos mujeres, el complemento se reconocerá a aquella que perciba una cuantía inferior por su pensión pública. En caso de que los dos progenitores sean hombres, también se aplica la misma norma de la Seguridad Social.
Por otra parte, desde la Seguridad Social informan que «en el supuesto de que los progenitores sean una mujer y un hombre que cumpla con los requisitos anteriormente señalados, podrá percibirlo el hombre si la suma de las cuantías de sus pensiones reconocidas es inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer».
Para tener derecho a este complemento económico en la pensión, es necesario tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil y percibir una pensión contributiva de jubilación, viudedad e incapacidad permanente. Se debe acreditar mediante documentos que ha desarrollado un perjuicio en la carrera laboral en el periodo posterior al nacimiento de uno o varios hijos. En el caso de los hombres, es habitual que la Seguridad Social exija el cumplimiento de ciertos requisitos adicionales.