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No pierdas tu pensión por discapacidad: si cumples estos requisitos cobrarás tu subsidio sin problemas

El IMSERSO es el encargado de gestionar la pensión por discapacidad, estos son los requisitos para seguir cobrando la ayuda

RD Tododisca RD Tododisca
01/11/2023 17:00 - Actualizado 04/06/2025 21:41
Prestaciones
Requisitos para cobrar la pensión por discapacidad del IMSERSO

Requisitos para cobrar la pensión por discapacidad del IMSERSO

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, también conocido como IMSERSO, gestiona las solicitudes de la pensión por discapacidad en España. El Gobierno aprobó esta ayuda económica para que las personas en esta situación no tuvieran problemas con su economía. Esta pensión no contributiva depende directamente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y los beneficiarios deben cumplir con unos requisitos para acceder a ella.

Para recibir el ingreso de la cantidad que ofrece el Gobierno para la pensión por discapacidad en España, las personas beneficiarias deben tener acreditada una discapacidad igual o superior al 65%. Además, también establecen otras condiciones y requisitos que son de obligado cumplimiento por los solicitantes.

«La pensión no contributiva de invalidez o discapacidad asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva», explican desde el IMSERSO. Y es que esta prestación tiene como objetivo prevenir que los ciudadanos sufran riesgo de exclusión social si no cuentan con los ingresos necesarios.

REQUISITOS PARA COBRAR LA PENSIÓN POR DISCAPACIDAD

Uno de los requisitos fundamentales para cobrar la pensión por discapacidad del IMSERSO, es carecer de ingresos suficientes en el ámbito familiar. En concreto, desde el organismo informan que es esencial que exista una carencia «cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2023, sean inferiores a 6.784,54 € anuales».

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Requisitos para cobrar la pensión por discapacidad del IMSERSO
Requisitos para cobrar la pensión por discapacidad del IMSERSO

Hay que tener en cuenta que para proceder al ingreso de la prestación, desde el IMSERSO revisan las rentas de la unidad familiar, en caso de que la persona beneficiaria forme parte de una unidad de convivencia.

«Existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado», advierten desde el organismo.

Así, la pensión por discapacidad se establecerá dependiendo de los miembros que la compongan de la siguiente manera:

  • Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: para unidad familiar de 2 convivientes recibirán 11.533,72 euros anuales; para 3 convivientes será de 16.282,90 euros al año; si son 4 convivientes la cifra subirá a 21.032,08 euros anuales.
  • Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos: para 2 convivientes será de 28.834,30 euros al año; para 3 convivientes serán 40.707,25 euros anuales; para 4 convivientes 52.580,20 euros al año.

En todos estos casos, los beneficiarios de la pensión por discapacidad también deben cumplir con otras condiciones generales. Las cuáles son específicas de la propia pensión no contributiva de invalidez del IMSERSO.

CONDICIONES GENERALES

Para cobrar la pensión no contributiva por discapacidad también hay que tener en cuenta que el IMSERSO tiene establecidos unos requisitos generales que se deben cumplir. Estos son los siguientes:

  • Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.
  • Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Discapacidad: Grado de discapacidad igual o superior al 65%.

En cualquier caso, las personas que se beneficien de esta prestación «tienen derecho a realizar las actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo». Tal y como lo explican desde el IMSERSO, las personas que cobren esta prestación pueden realizar actividades que no afecten a su condición.

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Equipo de redacción de Tododisca. Especializados en trámites, pensiones, jubilación, personas con discapacidad, dependientes, personas mayores y accesibilidad. Desde 2013, en Tododisca nos dedicamos a ayudar a todas las personas que necesitan información sobre trámites, ayudas o subsidios, todo ello asesorados por expertos en discapacidad y accesibilidad. El equipo está compuesto por especialistas en el sector de la economía, las prestaciones o el empleo para asesorar de la mejor forma a los lectores en cada momento.
Temas: Discapacidades
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