Determinados beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) dejarán de percibir esta prestación económica a partir del 1 de enero de 2025. Esto se debe a que la Seguridad Social llevará a cabo una revisión de la situación de las personas beneficiarias de esta prestación. Es fundamental seguir cumpliendo con todos los requisitos.
Desde la propia Seguridad Social recuerdan que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Cambios del Ingreso Mínimo Vital en 2025
Todas las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la Declaración de la Renta en España. En este sentido, la Seguridad Social podría retirar el IMV a las personas beneficiarias del IMV que no hayan presentado la renta en 2025.
Además, para tener derecho a seguir cobrando la prestación del Ingreso Mínimo Vital en 2025, los ciudadanos en España deben cumplir con los siguientes requisitos imprescindibles:
- La persona solicitante debe tener al menos 23 años de edad. Podrá cobrar la prestación desde los 18 años, en caso de tener menores de edad a cargo.
- Contar con un año de residencia legal en España.
- Es necesario haber vivido de manera independiente como mínimo durante un año.
- También es necesario cumplir con un requisito de carencia de rentas.
Para tener derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital en España, es obligatorio no superar un determinado límite de rentas. Si la Seguridad Social comprueba que se han superado dichos límites de ingresos, podrá retirar el derecho a cobrar el IMV por parte del ciudadano.
Al respecto, la normativa de la Seguridad Social recoge que «este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia. Computará como ingreso el importe de las pensiones y prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas».
Por tanto, a partir del 1 de enero de 2025, las personas que hayan superado el límite de ingresos podrán dejar de percibir el Ingreso Mínimo Vital, previo aviso por parte de la Seguridad Social.
Nueva medida sobre el Ingreso Mínimo Vital
En otro orden de cosas, es importante precisar que en el mes de noviembre de 2024 se pondrá en marcha una nueva medida con efectos sobre el Ingreso Mínimo Vital. Se trata de una medida con beneficios para las personas en situación de desempleo y que ocasionará un incremento de las personas beneficiarias del IMV.
Concretamente, durante el mes de noviembre de 2024, la Seguridad Social habilitará una pasarela para que las personas que dejen de cobrar el subsidio por desempleo puedan pasar directamente a cobrar el Ingreso Mínimo Vital.
La medida entrará en vigor el 22 de noviembre de 2024. Así, el objetivo es evitar que algunas personas se queden varios meses en una situación de vulnerabilidad económica, sin recibir ningún ingreso.
En cualquier caso, desde la Seguridad Social aclaran que para pasar de cobrar el subsidio por desempleo al Ingreso Mínimo Vital, habrá que cumplir con una serie de requisitos. Esta previsto que la Administración ofrezca más detalles sobre esta medida antes de su entrada en vigor el próximo 22 de noviembre de 2024.