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Por estos motivos puedes perder el Ingreso Mínimo Vital, advierte la Seguridad Social

La Seguridad Social recuerda los motivos por los que se puede suspender o extinguir el derecho a recibir el Ingreso Mínimo Vital

RD Tododisca RD Tododisca
23/12/2021 08:30 - Actualizado 30/05/2025 22:39
Prestaciones
Ingreso Mínimo Vital

Perder el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica aprobada por el Gobierno de España en 2022 con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza en personas y unidades familiares que carecen de los recursos económicos básicos para subsistir.

Para poder percibir este tipo de prestación es necesario cumplir con los requisitos específicos estipulados por la Seguridad Social. Si bien, existen determinadas situaciones por las que es posible suspender o extinguir el derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital.

Además, el Gobierno de España ha dado luz verde recientemente a la Ley sobre el Ingreso Mínimo Vital, que en 2022 incorporará mejoras de cara a esta prestación y nuevas medidas para favorecer el acceso por parte de la población.

Suspensión del Ingreso Mínimo Vital

Semanas antes de que entre en vigor la nueva Ley del Ingreso Mínimo Vital, desde la Seguridad Social recuerdan las situaciones en las que es posible que se produzca una suspensión del derecho a percibir esta prestación.

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Ingreso Mínimo Vital
Cartera vacía

La suspensión conlleva una paralización temporal del pago de esta prestación desde el primer día al mes siguiente en el que se produzcan las causas que originaron la suspensión. Mientras persistan las circunstancias que dieron lugar a la suspensión, se mantendrá esta situación.

Así, desde la Seguridad Social aclaran que si la suspensión se mantiene durante más de un año, el derecho a percibir esta prestación queda extinguido.

Finalmente, aclaran que si desaparecen los motivos que dieron lugar a la suspensión del Ingreso Mínimo Vital «se procederá de oficio o a instancia de parte a reanudar el derecho siempre que se mantengan los requisitos que dieron lugar a su reconocimiento, devengándose la prestación a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha en que hubieran decaído las causas que motivaron la suspensión».

Motivos de suspensión

Entre los motivos que pueden generar una suspensión del Ingreso Mínimo Vital se encuentran los siguientes, según la Seguridad Social:

  • Pérdida temporal de algunos de los requisitos que dieron lugar a su reconocimiento inicial.
  • Incumplimiento temporal de las obligaciones correspondientes por parte de la persona beneficiaria o miembro de su unidad familiar.
  • Suspensión cautelar en caso de traslado al extranjero por un periodo de tiempo continuado o no superior a 90 días naturales al año, sin haber comunicado este hecho a la Seguridad Social con antelación.
  • Cualquier actividad que sea incompatible con la percepción del ingreso mínimo vital.

Extinción del derecho al IMV

Por otra parte, el derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital se puede extinguir por los siguientes motivos. Es decir, se pierde definitivamente la oportunidad de cobrar este tipo de prestación:

  1. Fallecimiento de la persona titular.
  2. Pérdida definitiva de alguno de los requisitos indispensables.
  3. Renuncia al derecho a percibir esta prestación.
  4. Suspensión del Ingreso Mínimo Vital por un tiempo superior a un año.
  5. Salida del territorio nacional sin comunicación ni justificación a la Seguridad Social durante un periodo, continuado o no, superior a 90 días naturales al año.

Así, la extinción del derecho al Ingreso Mínimo Vital tendrá efecto desde el primer día del mes siguiente en el que se produzcan las causas que dieron lugar a esta situación.

En el caso de fallecimiento del titular, si se trata de una unidad de convivencia, se puede volver a solicitar el derecho a percibir esta prestación económica; siempre que se cumplan los requisitos estipulados para ello.

Por estos motivos puedes perder el Ingreso Mínimo Vital, advierte la Seguridad Social
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Temas: Ingreso Mínimo Vital
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