Tododisca
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
No Result
View All Result
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
Tododisca
No Result
View All Result

¿Me pueden embargar una pensión de incapacidad permanente?

La Administración Pública tiene la posibilidad de embargar parte de la cuantía de la pensión de incapacidad permanente

Redacción Tododisca Redacción Tododisca
26/08/2022 12:30 - Actualizado 05/06/2025 13:28
Prestaciones
Embargar pensión de incapacidad permanente./ Foto de Canva

Embargar pensión de incapacidad permanente./ Foto de Canva

La Agencia Tributaria y la Seguridad Social tienen la potestad de embargar parte de la cuantía de la pensión contributiva a un ciudadano en caso de que éste cuente con determinadas deudas con la Administración Pública. En cualquier caso, nunca se puede embargar la totalidad de la pensión.

Ningún pensionista en España se quedará sin el 100% de su pensión contributiva debido a un embargo por parte de la Administración Pública. En este sentido, no es posible el embargo de la cuantía de una pensión que sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente; que en 2022 se sitúa en 1.000 euros al mes.

Es decir, tanto la Agencia Tributaria como la Seguridad Social se aseguran previamente de que el ciudadano cuenta con una cobertura suficiente para vivir, a la hora de proceder al embargo de un porcentaje de la pensión que corresponda.

Embargo de pensión de incapacidad permanente

La legislación actual permite que se pueda producir un embargo de las pensiones contributivas de jubilación, viudedad y también de incapacidad permanente, aunque con excepciones en este último caso.

Noticias Relacionadas
Incapacidad permanente total en 2023./ Foto de Canva
Cómo calcular la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total en 2023
Incapacidad permanente parcial./ Foto de Canva
¿Quién se encarga de pagar la indemnización por incapacidad permanente parcial?
Incapacidad permanente Gran Invalidez./ Foto de Canva
Embargar pensión de incapacidad permanente./ Foto de Canva

En el caso de beneficiarios de incapacidad permanente, el embargo de la pensión se regirá por las normas generales previstas en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Tal y como informan los profesionales de ‘Fidelitis‘, «el importe del salario mínimo interprofesional es inembargable y por la diferencia se aplicará la escala prevista en el citado precepto».

Sin embargo, hay que tener en cuenta que el complemento económico por Gran Invalidez es inembargable, ya que no tiene la consideración de pensión como tal. Además, se trata de una remuneración económica de gran valor, ya que en la mayoría de casos tiene como finalidad pagar la atención de terceras personas.

Cantidad que se puede embargar

Si una persona beneficiaria de una pensión contributiva (jubilación, viudedad e incapacidad permanente) recibe una cantidad por encima del Salario Mínimo Interprofesional, la Administración Pública considera que está lo suficientemente cubierta para el embargo de parte de su pensión.

En este contexto, es necesario aclarar que el embargo de la pensión se debe a que la persona beneficiaria cuenta con una serie de deudas que debe saldar con sus acreedores. Igualmente ocurriría en caso de percibir un salario por rendimientos del trabajo.

Así, la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla una escala con diferentes porcentajes en función de la cuantía que se perciba en la pensión. Del mismo modo, se aplica con la incapacidad permanente:

  • Embargo del 30% para personas con pensiones de cuantía comprendidas entre el SMI y el doble del SMI.
  • Un embargo del 50% para el tramo del doble y triple del SMI vigente.
  • Un embargo del 60% para el tramo entre el triple y el cuádruple del SMI.
  • Embargo del 75% para el tramo entre el cuádruple y el quíntuple del SMI.
  • Un 90% para cualquier cantidad que exceda las anteriores.

En definitiva, la administración pública si tiene potestad para embargar la pensión de incapacidad permanente, pero siempre en las condiciones marcadas por ley. Si bien, en ningún caso se puede embargar el complemento económico de la Gran invalidez.

¿Me pueden embargar una pensión de incapacidad permanente?
Redacción Tododisca
Sobre el autor ▼
Firma colectiva de la redacción de Tododisca. Agrupa los artículos de archivo publicados entre 2013 y 2023, una etapa en la que el medio no identificaba al autor de cada pieza. Hoy responde de ellos el equipo editorial de Tododisca. Tododisca informa sobre discapacidad, accesibilidad, dependencia y deporte adaptado en España. Si detectas un error en alguno de estos artículos, puedes comunicarlo a través de nuestra política de correcciones: https://www.tododisca.com/politica-de-correcciones/
Temas: Incapacidad PermanentePensión
Noticias Relacionadas
Conceden la Gran Invalidez a un informático con esquizofrenia paranoide
La Justicia reconoce una Gran Invalidez a un informático de 30 años con esquizofrenia paranoide
Cómo contestar al Tribunal Médico para conseguir una incapacidad permanente
Un abogado ofrece la clave para contestar al Tribunal Médico y conseguir una incapacidad permanente
Trabajador obtiene una Gran Invalidez a través de la vía judicial
Un trabajador obtiene una Gran Invalidez por vía judicial a pesar de las dificultades del INSS
El BOE recoge que la pensión no contributiva de invalidez dejará de existir
Cambios en la pensión no contributiva de invalidez anunciados en el BOE
  • Aviso legal
  • Buenas prácticas editoriales y ética
  • Política de correcciones
  • Política de cookies y privacidad
  • Quienes somos
  • Mapa de Sitio
  • Contacto
  • Branded Content

© 2025 Tododisca S.L.U.

  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones

© 2025 Tododisca S.L.U.