La Justicia ha reconocido la incapacidad permanente a una mujer que trabajaba como administrativa y que falleció antes de que se celebrara el juicio. Desgraciadamente, no se le concedió la pensión de incapacidad laboral permanente hasta después de su fallecimiento.
Se trata de un caso particular que puede suceder en España, ya que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó el reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente por la vía administrativa.
Obtiene la incapacidad permanente tras su fallecimiento
Este caso judicial ha sido desvelado por ‘CampmanyAbogados’, que fueron los encargados de defender los derechos de la trabajadora en los juzgados. Hablamos de una mujer que trabajó durante toda su vida como administrativa.
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Al respecto, el abogado que llevó su caso explica que «trabajó durante toda su vida, hasta que desarrolló un cuadro de ansiedad y depresión con crisis de angustia severas. Esta situación incluso le llevó a intentar quitarse la vida en varias ocasiones».
La trabajadora contaba con «múltiples informes médicos» de especialistas en salud mental de la sanidad pública, contando con un seguimiento específico desde el año 2019. A pesar de ello, el INSS decidió denegarle en todo momento el reconocimiento de la incapacidad permanente. Es decir, desde la Seguridad Social consideraban que el cuadro clínico de la trabajadora «no era lo suficientemente grave».
En este sentido, nos encontramos ante un nuevo caso en el que se demuestra el procedimiento que sigue el INSS para solicitar una incapacidad laboral permanente. Y es que la Seguridad Social deniega la pensión de incapacidad a muchos trabajadores que realmente cumplen con los requisitos para obtener el reconocimiento.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo administrativo que tiene la responsabilidad de otorgar o no el derecho de un trabajador a obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente. Ante la denegación del INSS, el trabajador tiene la posibilidad de seguir luchando por sus derechos a través de la vía judicial.
Hay que tener en cuenta que la pensión de incapacidad permanente es una prestación contributiva de protección económica. Por ello, juega un papel imprescindible en la vida de miles de trabajadores en España.
Su marido decidió seguir luchando por los derechos de su esposa
Respecto al caso que nos atañe, el abogado que llevó el procedimiento informa que «desgraciadamente, tras un primer retraso que sufrió el juicio por una suspensión, mi representada falleció. Una vez pudimos celebrar el juicio se le reconoció el derecho a cobrar una incapacidad permanente».
El marido de esta mujer que trabajaba como administrativa optó por continuar con la batalla judicial para hacer justicia. Y es que a su esposa le correspondía haber cobrado una incapacidad permanente.
Debido a las particularidades de esta situación, desde ‘CampmanyAbogados’ aclaran que «a nivel técnico o a nivel jurídico, como la persona ya ha fallecido, no puede dar lugar al nacimiento del derecho a una pensión. Sin embargo, su heredero puede cobrar los atrasos con efectos retroactivos que haya generado la prestación».
Este caso pone sobre la mesa lo injusta que puede llegar a ser en algunos casos la decisión del INSS con respecto al reconocimiento de una incapacidad permanente en España. A veces, las batallas judiciales pueden alargarse durante años y, como en estos casos, la persona solicitante puede incluso fallecer antes de que se le conceda la incapacidad laboral permanente.