Las personas con discapacidad van a poder acceder a subvenciones individuales que ofrece la Junta de Andalucía destinadas a financiar la adquisición, renovación o reparación de prótesis y órtesis dentales, entre otras.
Estas prestaciones económicas están dirigidas a personas mayores de 65 años o personas con discapacidad, aunque en este artículo nos vamos a centrar en las ayudas destinadas a las personas con discapacidad.
Ayudas económicas individuales para personas con discapacidad
Desde la Junta de Andalucía han destacado que para la «concesión de subvenciones destinadas a facilitar la mayor autonomía posible a las personas con discapacidad«. Las personas interesadas podrán solicitar estas subvenciones para las siguientes actuaciones:
- La adaptación de vehículos a motor.
- La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS.
- Los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir, en aquellos casos en que no puedan hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.
Cuantía y plazo de solicitud
Si hablamos de la cuantía de estas prestaciones, debemos de tener en cuenta que el importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar las siguientes cuantías máximas según el motivo de la misma.
Para la adquisición y renovación de prótesis y órtesis el precio va a cambiar en función de la discapacidad. Si es auditiva, la cuantía es de 1.200 euros (600 euros por audífono), 400 euros si es ocular y 600 euros si es dental.
Además, destacan que para la adquisición, renovación y reparación de otros productos de apoyo para personas con discapacidad: coste de la actuación, con el límite máximo de 6.000 euros. Por último, los gastos de desplazamiento en transporte público o privado 109 euros al mes.
En cuanto al plazo de solicitud, es de 15 días hábiles a contar desde el 30 de mayo de 2025 hasta el 19 de junio de 2025. Es decir, 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria. Extracto de la Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.