El Juzgado de lo Social Nº7 de Madrid ha reconocido a una mujer trabajadora un grado de discapacidad del 68%. Todo ello, después de que la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid le aplicara una rebaja considerable del grado de discapacidad reconocido inicialmente.
En el año 2018, la administración autonómica de la Comunidad de Madrid reconoció a esta trabajadora un grado de discapacidad del 42%. Sin embargo, en el año 2023, la Consejería de Familia, Juventud y Política Social decidió rebajar su grado de discapacidad hasta un 13%.
La sentencia judicial que nos atañe establece que dicha reducción del grado de discapacidad se produjo sin base alguna de análisis de los informes médicos aportados. De hecho, en la revisión de 2023, la mujer presentaba un empeoramiento de su estado.
La justicia reconoce a la mujer una discapacidad del 68%
Tras aplicar la administración pública una reducción de su grado de discapacidad, la mujer afectada decidió llevar su caso a los tribunales. En base a sus informes médicos y su situación, solicitaba el reconocimiento de una discapacidad del 65%.
Una vez evaluados los informes médicos y teniendo en cuenta los efectos de sus dolencias en la vida laboral y cotidiana de la trabajadora, el juez decidió reconocerle una discapacidad del 68%, incluso por encima de su petición. Todo ello, debido a la gravedad de las lesiones físicas y psicológicas.
Entre los informes médicos del año 2018, cuando le reconocen el 42% de discapacidad, y los de 2023, cuando le rebajan la discapacidad al 13%; aparece una diferencia clave. Se trata de la presencia de fibromialgia, una enfermedad que se tiene poco en valor en los ámbitos administrativos.
Así, esta mujer contó con la defensa de los profesionales de ‘Parrado Asesores’. Su equipo de abogados demostró que la fibromialgia respondía a un agravamiento de las dolencias que ya presentaba la mujer en el año 2018.
De este modo, la mujer fue diagnosticada con episodios mayores de depresión, daños vertebrales, discapacidad del sistema osteoarticular y síndromes álgicos de etiología idiopática.
El juzgado no comprende la decisión de la Administración Pública
El Juzgado de lo Social Nº7 de Madrid ha sido claro con respecto a su sentencia, revocando la decisión de la administración autonómica y reconociendo a la trabajadora un grado de discapacidad del 68%.
Además, es importante resaltar que esta mujer también tenía reconocida previamente una incapacidad permanente total para su profesión habitual. Igualmente, tuvo que luchar por la vía judicial para lograr el reconocimiento de la incapacidad laboral permanente.
En este sentido, la Justicia le concedió la incapacidad permanente total, entre otras cosas, por el grado de discapacidad reconocido con anterioridad por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.
Respecto a este hecho, la sentencia judicial recuerda que «a efectos de la aplicación de la LGSS (Ley General de la Seguridad Social), se entiende que están afectadas por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%, las personas que sean declaradas incapaces judicialmente».
Como conclusión, el abogado del caso, Álvaro González, denuncia que «está claro que estos procedimientos llevan a una mayor carga en los juzgados y también a que las personas afectadas no se puedan ocupar plenamente a su estado de salud, por estar inmersas en procesos duros y largos para que le reconozcan sus derechos.
Además, añade que «en este caso en particular, llama la atención, como decía el tribunal, que una persona con Incapacidad Laboral y una discapacidad del 42% -que ya es alta-, tuviera esa reducción en sus derechos».