La Seguridad Social recoge que en este 2023 hay algunos jubilados que podrán cobrar dos pensiones de manera simultánea, tal y como recoge la Ley. Es decir recibir el pago periódico por este subsidio que pertenece a los sistemas públicos de pensiones, donde las entidades privadas o bancas se encargan del pago o ingreso del dinero de las pensiones de jubilación.
El artículo 163 del Real Decreto de la ley de la Seguridad Social establece de manera clara que no se puede recibir simultáneamente dos pensiones contributivas. Pero, ¿qué tiene esto de cierto? ¿Es posible cobrar de alguna forma dos pensiones a la vez?
En este sentido, la norma señala que «las prestaciones del régimen general serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario». Eso sí, existe la excepción de que «expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente».
¿Cuándo un jubilado puede cobrar dos pensiones simultáneamente?
Como hemos mencionado se puede dar el caso de que una persona jubilada pueda cobrar dos pensiones a la vez en dos regímenes distintos de la Seguridad Social. El caso más habitual es la persona que ha sido trabajador autónomo y también ha cotizado como trabajador asalariado por cuenta ajena en el régimen general.
En este caso, si la persona cumple este supuesto, deberá de cumplir dos requisitos para cobrar dos pensiones simultáneamente:
- La persona jubilada deberá de haber cotizado un mínimo de 15 años en cada régimen. De los cuales dos deben darse entre los 15 años previos a la jubilación
- La persona jubilada debe acceder en una situación de alta en la Seguridad Social (o asimilada) en los dos regímenes. De lo contrario, si no lo está, «será necesario que las cotizaciones acreditadas en cada uno de ellos se superpongan, al menos, durante 15 años».
La Seguridad Social explica que también existen otras combinaciones posibles, combinando con el régimen especial de los trabajadores de la minería del carbón, el de los trabajadores del mar y el seguro escolar.
¿Cómo se calculan las dos pensiones?
En cuanto a las cifras, la cuantía de la pensión depende de varios aspectos. Desde la Seguridad Social explican que la cuantía se calcula aplicando a la base legal el porcentaje general correspondiente a los años cotizados.
Habrá casos en los que será necesario aplicar el porcentaje adicional de extensión de la vida laboral si la jubilación se produce a una edad superior a la edad normal aplicable y al coeficiente reductor.
Para el calculo se toman las bases de cotización de los últimos 24 años, 288 meses, y se dividen por 336. Después se consideran los años trabajados para saber el porcentaje de la base a la que tiene derecho el trabajador. Esta puede ser del 50% con 15 años, a lo que se le añadirá:
- 0,21% por cada uno de los siguientes 106 meses
- 0,19% por cada uno de los siguientes 146 meses
Finalmente, lo último que debemos de tener en cuenta que a pesar de recibir dos pensiones a la vez, se debe de ajustar a los parámetros que marca la ley. Es decir, la cuantía de la pensión no puede superar la cuantía máxima fijada para 2023, que es de 3.058,81 euros mensuales, y 42.823,34 euros anuales.