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José Luis Calderón, consultor estratégico: «¿Qué cubren los seguros tras el gran apagón?»

Los daños de este masivo apagón del suministro eléctrico son irreparables, y el impacto ha sido mayúsculo en algunas empresas y viviendas

Álvaro Gutiérrez del Álamo López Álvaro Gutiérrez del Álamo López
29/04/2025 17:00 - Actualizado 01/06/2025 00:38
Sociedad
José Luis Calderón, consultor estratégico: ¿Qué cubren los seguros tras el gran apagón

¿Qué cubren los seguros tras este apagón masivo en España?

El reloj marcaba las 12:32 horas del 28 de abril cuando, de forma repentina, la electricidad dejaba de emitir señal en todo el territorio nacional. Rápidamente se trató de solventar la situación de forma autónoma para continuar con la actividad laboral con la mayor eficacia, sin conocer el alcance que el apagón iba a tener en España e, incluso, en algunas zonas de Portugal y países de la Unión Europea. El caos se había apoderado de la sociedad, una vez más, ante la incertidumbre y la imposibilidad de establecer cualquier tipo de comunicación.

Los daños de este masivo apagón del suministro eléctrico son irreparables, y el impacto ha sido mayúsculo en algunas empresas y viviendas, a las que la luz les está volviendo de forma paulatina. En consecuencia, la situación está generando mucha preocupación entre los diferentes estamentos de la sociedad y en diferentes puntos de la península, ya que a muchos les surgen dudas sobre la forma en la que actuar en estos casos. Una de las cuestiones está en qué ocurre con los seguros.

¿Qué danos derivados del apagón cubren los seguros?

¿Puedo reclamar los daños ocasionados en los alimentos que estaban en la nevera? ¿Qué sucede si se estropea un electrodoméstico? ¿Y las consecuencias del apagón sobre la interrupción en el uso de aparatos electrónicos, que ha impedido que pueda finalizar una compra o una cancelación? Estas son algunas de las preguntas que se hacen los consumidores cuando suceden estos imprevistos. Y es que verdaderamente el gran apagón del suministro eléctrico que ha asolado España ha puesto en jaque el sistema de seguros del país.

La industria y la hostelería pueden ser los sectores más afectados por la falta de energía en este sentido, aunque también los servicios bancarios, que dependen de la estabilidad del suministro eléctrico para mantener su actividad así como la de los propios clientes mediante tarjetas u oficinas. En definitiva, este apagón ha causado una obligada interrupción de la actividad profesional en todo el país, así como un frenazo a las comunicaciones ferroviarias.

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Así mismo, como ha adelantado la Comunidad de Madrid y recoge el diario ABC, las compañías eléctricas están obligadas por ley a dar un servicio de calidad. Es por ello que cuando se produce una interrupción en el suministro, los consumidores tienen derecho a reclamar y a recibir una indemnización en algunos casos, no solo por los desperfectos, sino también por los daños en alimentos por romper la cadena de frío. Por tanto, ya se deduce que las aseguradoras se preparan para gestionar un volumen sin precedentes de incidencias bajo las siguientes condiciones:

  • Daños materiales por subidas o bajadas de tensión.
  • Coberturas específicas de pérdida de alimentos refrigerados.
  • n algunos casos, compensaciones por interrupción de actividad si el evento está expresamente incluido.

Reclamar daños derivados del apagón

De acuerdo con José Luis Calderón, consultor estratégico, «la clave está en las condiciones particulares de cada póliza y en si la causa del apagón puede ser considerada fuerza mayor». Por tanto, considera que las empresas deben actuar rápido para revisar sus pólizas, notificar los daños cuanto antes y documentar las pérdidas para posibles reclamaciones.

Por tanto, para iniciar el proceso de reclamación de daños debe conocer que una interrupción de suministro puede deberse a causas programadas o imprevistas. Por norma general, se considera interrupciones imprevistas a aquellas que duran más de tres minutos. En cualquier caso, es aconsejable guardar todos los tiques o facturas de los electrodomésticos, así como los documentos que puedan acreditar el daño o la pérdida de cualquier objeto.

Por tanto, si supera este valor, la compañía deberá aplicar un descuento de hasta un máximo de 10% en su factura anual, así como indemnizaciones por daños causados en alimentos o aparatos electrónicos a raíz de un apagón. También es conveniente también que revisar la póliza de seguro de hogar, ya que en algunas ocasiones, cubre la pérdida de alimentos si se sufre un apagón o un corte de suministro, informa ABC.

José Luis Calderón, consultor estratégico: "¿Qué cubren los seguros tras el gran apagón?"
Álvaro Gutiérrez del Álamo López
Sobre el autor ▼
Graduado en Comunicación y Relaciones Públicas por la Universidad EADE Málaga, además de ostentar un Máster Oficial de Comunicación e Identidad Corporativa por la Universidad Internacional de La Rioja. Amplia trayectoria en medios de comunicación como El Español y gabinetes de prensa, donde he desempeñado labores de relación con públicos internos y externos -stakeholders-, redacción de contenidos y análisis de intangibles empresariales, entre otras. La planificación de medios y la definición de estrategias son los pilares de un correcto plan de comunicación, por lo que decidí formarme en el sector institucional, corporativo y empresarial, desarrollando acciones para lograr los objetivos marcados por la empresa. Actualmente trabajo como redactor de contenidos en Tododisca, especialmente en las sección de prestaciones y sociedad.
Temas: dineroEspañaTrabajo
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