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Incapacidad permanente: ¿Cuáles son las enfermedades profesionales en el sector de la construcción?

Una trabajador del sector de la construcción puede obtener una incapacidad permanente a causa de una enfermedad profesional

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
08/02/2025 14:30 - Actualizado 15/05/2025 11:34
Prestaciones
Enfermedades profesionales en el sector de la construcción incapacidad permanente

Enfermedades profesionales en el sector de la construcción./ Licencia Adobe Stock

Una pensión de incapacidad permanente en España puede derivar de contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional) o contingencias comunes (accidente no laboral o enfermedad común). El hecho causante juega un papel clave en el reconocimiento de una incapacidad permanente.

Dependiendo del sector laboral, existen algunas enfermedades profesionales que suelen ser habituales en los trabajadores. Al respecto, los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ explican que «una enfermedad profesional es una patología que una persona contrae debido a su trabajo en actividades específicas que involucran ciertos elementos o sustancias».

Enfermedades profesionales en el sector de la construcción

En esta ocasión, vamos a enumerar algunas enfermedades profesionales que suelen desarrollarse en trabajadores que se dedican al sector de la construcción en España. Se trata de enfermedades que pueden dar derecho al reconocimiento de una incapacidad permanente.

Los trabajadores que trabajan en el sector de la construcción se exponen diariamente a diferentes riesgos y peligros que implica la propia actividad laboral. Estos riesgos pueden tener consecuencias en su salud y bienestar a largo plazo.

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A continuación, detallamos algunas de las enfermedades profesionales más habituales en el sector de la construcción, según señalan los abogados profesionales de ‘Fidelitis’:

  • Silicosis: Es una enfermedad pulmonar que se origina por la inhalación de partículas de sílice cristalina.
  • Asbestosis y mesotelioma: Son enfermedades profesionales vinculadas a la exposición prolongada al asbesto.
  • Enfermedades respiratorias: Es habitual que muchos trabajadores del sector de la construcción desarrollen enfermedades respiratorias, debido a la exposición a vapores, gases tóxicos y polvos propios del lugar de trabajo.
  • Envenenamiento por plomo: En las construcciones antiguas era habitual la presencia de pinturas con contenido de plomo.
  • Lesiones musculoesqueléticas: La construcción también implica un esfuerzo físico continuado, por lo que pueden aparecer enfermedades como la tendinitis, hernias discales o lesiones musculoesqueléticas.

Por lo general, en el sector de la construcción, hablamos de enfermedades profesionales que se desarrollan a causa de una exposición prolongada a condiciones laborales adversas. Es decir, exposición a contaminantes ambientales, productos químicos tóxicos o polvos.

Grupos de enfermedades profesionales e incapacidad permanente

Una enfermedad profesional en un trabajador puede derivar en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Puede ocurrir en trabajadores del sector de la construcción o en cualquier otro sector laboral.

Así, las enfermedades profesionales varían según el sector laboral. Es decir, la enfermedad profesional a la que se expone un trabajador de la construcción no es la misma a la que se expone un trabajador del sector de la hostelería.

En cualquier caso, la Seguridad Social cuenta con un sistema en el que se establece un criterio para la notificación y registro de las enfermedades profesionales en los siguientes grupos:

  • Grupo 1: Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos.
  • Grupo 2: Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos.
  • Grupo 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos.
  • Grupo 4: Enfermedades profesionales causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados.
  • Grupo 5: Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados.
  • Grupo 6: Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos.

Cuando una incapacidad permanente deriva de accidente o enfermedad profesional, no es necesario cumplir con ningún requisito de cotización para tener derecho a la pensión. No obstante, si deriva de enfermedad común, es preciso cumplir con un requisito de cotización específico en función del grado de incapacidad.

Incapacidad permanente: ¿Cuáles son las enfermedades profesionales en el sector de la construcción?
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: Incapacidad PermanentePensión
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