El IMSERSO hace hincapié sobre accesibilidad y la no discriminación de las personas con discapacidad

El IMSERSO señala que el BOE recoge las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad

Persona con discapacidad en silla de ruedas

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica el Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo de 2023. En dicho documento, como informa el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.

Desde el IMSERSO señalan que la idea de este Real Decreto es proteger a las personas con discapacidad. De esta forma se permitirá que puedan hacer uso, en condiciones de no discriminación, de situaciones cotidianas del día a día. La aprobación de este reglamento supone la culminación del todo el desarrollo reglamentario de la Ley General de discapacidad.

Se resuelve también otorgar obligaciones de accesibilidad universal a las y los responsables de la seguridad ciudadana, emergencias y protección civil. En definitiva, se ofrece seguridad jurídica al Estado para regular asuntos con un impacto directo en la vida de la gente. Esta regulación beneficiará a otros colectivos como las personas mayores.

Una nueva regulación a favor de las personas con discapacidad

Desde el IMSERSO señalan que el nuevo reglamento aprobado por este Real Decreto, que será de aplicación a todas las relaciones entre personas físicas y entidades, públicas o privadas, que tengan por objeto la provisión de bienes o el suministro o la prestación de servicios, regulará cuestiones esenciales relativas a la accesibilidad en distintas áreas de la vida diaria, lo cual es clave en el ejercicio de derechos.

Persona con discapacidad en silla de ruedas IMSERSO
Persona con discapacidad en silla de ruedas | ADOBESTOCK

Se contempla, así, en la nueva regulación, obligaciones generales como:

Asimismo, la norma establece expresamente que en ningún caso el ejercicio del derecho de admisión podrá utilizarse para restringir el acceso de ninguna persona por razón de discapacidad. Además, se contempla la atención preferente y la asistencia personal para personas con discapacidad. Estas tendrán derecho a acceder acompañadas de acompañantes o personal de apoyo, siempre que así lo requieran, sin que ello suponga un sobrecoste.

Más medidas a favor de las personas con discapacidad

Desde el IMSERSO señalan que también se incluye en la regulación a las personas con discapacidad usuarias de perros de asistencia, incluido los perros guía. También se tiene en cuenta a las personas encargadas de su educación y adiestramiento, estableciendo que no podrán ser discriminadas de ningún modo en el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.

En relación con la información y comunicación, el nuevo reglamento establece que los proveedores de bienes y servicios deberán proporcionar a las personas usuarias y clientela con discapacidad información sobre sus bienes y servicios en soportes y formatos accesibles y adecuados a sus necesidades, independientemente del canal que se utilice.

Normas aplicables a determinados tipos de bienes y servicios

La nueva regulación incluye un capítulo dedicado a las normas específicas aplicables a determinados tipos de bienes y servicios, que recoge especificaciones en diferentes ámbitos:

Puedes consultar toda la información relativa a esta ley en la web del IMSERSO.

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