La nueva Ley de Vivienda cuenta con vacíos legales que pueden ser aprovechados por los propietarios de viviendas a la hora de realizar un contrato de alquiler. Si hace algunos días la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) denuncio la normativa de prohibir pagar el alquiler con dinero en efectivo, ahora ha sido Idealista quien ha avisado de los usos indebidos de la vivienda que pueden incurrir en ‘fraude de ley’.
«Los efectos de la nueva Ley de Vivienda en el mercado del alquiler se han hecho notar a pocos meses de su aprobación», detallan desde Idealista. Desde el Gobierno de España, esta nueva normativa se aprobó con el pretexto de ser una ley social que ayuda a los ciudadanos a mejorar su economía.
No obstante, algunas organizaciones ven más complicado que realmente esta ley ayude a los ciudadanos que firman un contrato de alquiler. Este es el caso del portal inmobiliario Idealista, que ahora ha salido a declarar ciertas prácticas indebidas que algunos propietarios han puesto en marcha «para esquivar las restricciones de esta norma sin tener que retirar sus viviendas del mercado».
3 prácticas indebidas de los propietarios por la Ley de Vivienda
Miriam Nasser, directora de la asesoría jurídica de Alquiler Seguro, ha declarado a Idealista que existen algunas prácticas indebidas de los propietarios para sortear esta norma. Según los expertos, esto no es más que el resultado de una normativa discriminatoria, y que deja sin protección a los propietarios que ven disminuida su rentabilidad.
Por ello, ha querido informar sobre 3 usos indebidos y las prácticas correctas de un alquiler de temporada y de habitaciones:
- El contrato de arrendamiento de temporada: requisito indispensable que el inquilino ya tenga una primera vivienda habitual y el uso de la segunda, con arrendamiento de temporada, sea con carácter eventual.
- El alquiler de habitaciones: El inquilino alquila una habitación y disfruta de los elementos comunes del inmueble. Sin embargo, con la aprobación de la Ley de Vivienda hay casos en los que distintos miembros de una misma familia alquilan distintas habitaciones para gozar de toda la posesión del inmueble. En este caso, «nos encontramos ante un claro ejemplo de fraude de ley», según la experta.
- Alquiler turístico: Según Nasser, se observa un creciente uso del alquiler turístico, oficinas y lofts, dado que esta tipología no se encuentra regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) ni por la Ley de Vivienda. Sin embargo, en muchos casos estos inmuebles no reúnen las condiciones necesarias para ser considerados como vivienda.
La Ley de Vivienda es una medida que celebran muchos ciudadanos. Pero todavía debe pulirse, según los expertos, con respecto al alquiler de viviendas.
¿QUÉ CRITICA LA OCU SOBRE LA LEY DE VIVIENDA?
Otra de las organizaciones que ha querido denunciar una medida discriminatoria establecida por la Ley de Vivienda es la OCU, ya que establece una norma que vulnera la libertad de los inquilinos.
Se trata de la prohibición de pagar con dinero en efectivo el alquiler de una vivienda. Según la OCU: » una medida discriminatoria para los inquilinos ya que atenta directamente contra la libertad del consumidor a elegir cómo pagar».
Y es que a pesar de que el uso de este método de pago ha disminuido en España, todavía hay personas que no se pasan a los medios electrónicos de pago. Y esta medida de la Ley de Vivienda, según la OCU, propicia la desaparición de un método de pago muy usado y atenta contra la libertad de los ciudadanos.