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Si has cotizado en dos empresas, ¿Cuándo hay que hacer la Declaración de la Renta?

Expertos explican qué ocurre con los resultados de la Declaración de la Renta al tener dos pagadores durante el año

RD Tododisca RD Tododisca
23/12/2022 07:00 - Actualizado 05/06/2025 19:42
Prestaciones
Declaración de la Renta

Declaración de la Renta./ Foto de Canva

A la hora de realizar la Declaración de la Renta es necesario tener en cuenta diferentes factores. Tener dos pagadores durante el ejercicio anterior es uno de esos factores que influyen directamente en el resultado de la Declaración, aunque es conveniente aclarar diferentes aspectos respecto a esta situación del ámbito laboral.

Los profesionales de Bankinter indican que es un mito que haya que pagar más a Hacienda por el simple hecho de tener dos pagadores. Al respecto, explican que no se paga más IRPF por tener dos pagadores, sino que es posible que uno de ellos no esté estableciendo bien la retención del IRPF.

En 2022, la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2021 comenzó el 6 de abril y se prolongó hasta el 30 de junio. Aún es pronto para conocer la fecha de inicio de la Declaración de la Renta del ejercicio 2022, aunque todo hace indicar que se iniciará también en abril. En cualquier caso, si has tenido dos pagadores, debes realizar la Declaración en el plazo de tiempo establecido para todos los ciudadanos.

Dos pagadores en la Declaración de la Renta

De cara a la próxima Declaración de la Renta, hay que tener en cuenta diversas situaciones que pueden considerarse como doble pagador para la Agencia Tributaria. Una de ellas es un cambio de empleo durante el año. También es posible simultanear dos trabajos al mismo tiempo o estar en paro y posteriormente trabajar en una empresa.

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Declaración de la Renta./ Foto de Canva
Declaración de la Renta./ Foto de Canva

La normativa general recoge que el trabajador está exento de hacer la Declaración de la Renta si los ingresos son inferiores a 22.000 euros, a excepción del País Vasco, donde el límite es de 20.000 euros. Esta medida se aplica siempre que dicho trabajador haya tenido un solo pagador durante el ejercicio anterior.

En referencia a esta situación, los profesionales de Bankinter señalan que «si has tenido dos o varios pagadores, el límite para estar exento cae hasta los 14.000 euros si has cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador (o de la suma de varios pagadores además del primero)».

Si bien, la normativa general cuenta con excepciones en el caso de pensiones compensatorias del cónyuge por alimentación. En este caso son rendimientos no obligados a retención, por lo que también puede provocar la obligación de realizar la Declaración de la Renta.

¿Por qué suele salir ‘a pagar’?

Normalmente, cuando un ciudadano tiene dos pagadores es más habitual que la Declaración de la Renta salga a pagar. Esto suele ocurrir así debido a que el segundo pagador realiza las retenciones como si fuese el único pagador, sin tener en cuenta los ingresos de otros pagadores. De esta forma, se aplica un menor porcentaje de retención.

Con todo ello, al realizar la Declaración de la Renta observamos que la retención debería haber sido mayor. Así, el trabajador deberá pagar a la Agencia Tributaria la diferencia correspondiente.

Desde Bankinter informan que «una solución para no tener que pagar en la Declaración es que pidamos voluntariamente a las empresas que realicen la retención de IRPF que nos corresponde, para que así no haya sustos en la Declaración del año siguiente».

Si has cotizado en dos empresas, ¿Cuándo hay que hacer la Declaración de la Renta?
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Temas: Declaración de la Renta
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