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Si tienes este grado de discapacidad podrás acceder a la tarjeta PMR de aparcamiento

La persona que solicite la tarjeta PMR debe de tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33% y presentar movilidad reducida

Manuel Ruiz Berdejo López Manuel Ruiz Berdejo López
06/01/2025 18:30 - Actualizado 30/05/2025 22:35
Discapacidad
La persona que solicite la tarjeta PMR debe de tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33% y presentar movilidad reducida

La persona que solicite la tarjeta PMR debe de tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33% y presentar movilidad reducida

Las personas con discapacidad tienen la posibilidad de acceder a la tarjeta de aparcamiento de las personas con movilidad reducida, conocida como PMR, que tiene el objetivo de ofrecer plazas de aparcamiento cercanas a los establecimientos.

Desde la Junta de Andalucía aseguran que la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida es un documento personal e intransferible de la persona titular de esta tarjeta. La tarjeta tiene validez en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en todo el territorio estatal, sin perjuicio de su utilización en todo el territorio de la Unión Europea en los términos que establezcan las normas nacionales de los Estados miembros.

¿Qué grado de discapacidad tengo que tener para acceder a la tarjeta PMR?

Desde la Junta de Andalucía han asegurado que la persona que la solicite debe tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33% y presentar movilidad reducida.

La disponibilidad de esta tarjeta posibilita:

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  • Estacionar en zonas reservadas para personas con movilidad reducida.
  • Aparcar el vehículo gratuitamente y sin limitación de tiempo en las áreas verdes, azules, y zonas de carga y descarga, siempre que no afecte las limitaciones de circulación y estacionamiento de las áreas peatonales. Y siguiendo las Ordenanzas del Ayuntamiento.
  • Acceder a las plazas de aparcamiento reservadas y habilitadas por los Ayuntamientos.
  • Estacionar en las plazas de aparcamiento públicas reservadas para personas con discapacidad, distribuidas en las zonas consideradas de interés, en los núcleos urbanos.
  • Aparcar en cualquier lugar de la vía pública, durante el tiempo imprescindible, siempre que no impida la circulación de vehículos o peatones.

La tarjeta de aparcamiento de transporte colectivo para personas movilidad reducida permite estacionar el vehículo, gratuitamente y durante el tiempo imprescindible, para recoger o dejar personas con discapacidad y movilidad reducida, en las zonas verdes, azules, y de carga y descarga, y en cualquier lugar de la vía pública, siempre que no impida la circulación de vehículos y peatones.

La tarjeta individual o colectiva, no autoriza a estacionar en doble fila, sobre la acera o en paradas reservadas para taxis, motos y otros vehículos especiales (hoteles, organismos oficiales, etc).

Utilización de la Tarjeta de Aparcamiento

La persona titular de la tarjeta debe ir en el vehículo. Podrá ser:

  • Conductor/a en vehículo de su propiedad o en cualquier otro.
  • Acompañante. El vehículo podrá ser conducido por otro conductor o conductora, siendo indispensable que siempre se desplace en su interior la persona titular de la tarjeta con movilidad reducida. En caso contrario, se establecerán las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.

La tarjeta de aparcamiento de vehículos de transporte colectivo de personas con movilidad reducida sólo podrá utilizarse por su titular en el vehículo autorizado cuyo número de matrícula figure en la tarjeta, y siempre que se estén efectuando los servicios de transporte de personas con movilidad reducida.

La persona titular de la tarjeta que viaje en el vehículo, como conductor o conductora, o se desplace en el vehículo debe colocar en el salpicadero del coche, de manera visible, el anverso de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original.

El uso indebido de la tarjeta de aparcamiento será sancionable de acuerdo con el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de la aplicación de la normativa de tráfico vigente por la Policía Local, como responsable de controlar el uso adecuado de la tarjeta de aparcamiento.

Si tienes este grado de discapacidad podrás acceder a la tarjeta PMR de aparcamiento
Manuel Ruiz Berdejo López
Sobre el autor ▼
Mi nombre es Manuel Jesús Ruiz Berdejo López y soy periodista especializado en discapacidad, accesibilidad, dependencia, pensiones, prestaciones e IMSERSO en el medio Tododisca. Graduado por la Universidad de Sevilla (US) en 2017, soy un amante del fútbol y del deporte en general, especialista en Marketing Digital, con un máster en Marketing Digital y Social Media 2.0 y un MBA en Marketing con especialización en Marketing Digital realizado en The Power MBA. A lo largo de mi carrera periodistica he trabajado en diferentes medios de comunicación, desarrollando gran parte de ella en ElMira.es, desde 2016, y en Tododisca, desde 2019.
Temas: Aparcamientos PMRDiscapacidadesJunta de Andalucía
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