El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado este martes 11 de enero de 2023 la primera prestación por desempleo específica para el sector cultural y artístico. Se trata de una medida impulsada de forma conjunta por el Ministerio de Seguridad Social, Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Cultura y Deporte.
Así, se trata de una prestación por desempleo especial para trabajadores en paro pertenecientes al sector cultural y artístico de España. Para tener derecho a esta nueva prestación por desempleo, es necesario el cumplimiento de una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social.
En concreto, el ciudadano debe encontrarse en situación legal de desempleo y acreditar, al menos, 60 días cotizados por prestación real de servicios en actividades artísticas durante los últimos 18 meses. Además, también deben cumplir las siguientes condiciones:
- Acreditar 180 días de alta en la Seguridad Social, debido a la prestación real de servicios en actividades artísticas o regularizaciones anuales en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
- Para acceder a esta prestación por desempleo especial, la persona solicitante no debe tener derecho a una prestación contributiva por desempleo.
Desde la Seguridad Social aclaran que «en el caso de que la prestación especial sea más beneficiosa que una prestación previa pendiente de reanudar sí podrán optar por recibir la nueva prestación especial».
Nueva prestación por desempleo
La duración máxima de la nueva prestación por desempleo para el sector cultural y artístico será de cuatro meses. Así, la cuantía a percibir puede llegar hasta el 100% del IPREM para cotizaciones por encima del umbral de 61 euros. Por debajo de dicho nivel de cotización, la cuantía de la prestación corresponderá al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).
Este año 2023, el Gobierno de España ha aprobado una subida del IPREM mensual a 600 euros. Es decir, los beneficiarios de la nueva prestación por desempleo cobrarán 600 euros al mes en caso de tener derecho al 100% del IPREM o 480 euros al mes si les corresponde el 80% del IPREM.
La nueva prestación es compatible con la percepción de derechos de la propiedad intelectual y de imagen. Desde la Seguridad Social informan, además, que «el Real Decreto-ley incluye distintas medidas para que la protección social de los artistas se adecúe a las características de sus profesiones, singularmente a la intermitencia de su actividad, reforzando especialmente el apoyo a los autónomos que tienen bajos ingresos».
Mejoras en la pensión
Además de la aprobación de esta nueva prestación por desempleo, el correspondiente Real Decreto también incorpora novedades respecto a la jubilación de los trabajadores del sector cultural y artístico. Así, la compatibilidad de la pensión de jubilación con la actividad artística se extiende al 100%, incluso para las pensiones de Clases Pasivas.
En este sentido, los beneficiarios de pensión no contributiva también pueden compatibilizar su pensión con la actividad artística. Eso sí, siempre que no se supere el umbral del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Finalmente, estas nuevas medidas incorporan una regulación específica para la cotización de los pensionistas cuando lleven a cabo actividades artísticas. Estas cotizaciones se efectuarán únicamente por contingencias profesionales, con una cotización específica de solidaridad del 9% por contingencias comunes. Así lo recoge. Del mismo modo, también se han aprobado diferentes medidas para mejorar la cotización de los artistas autónomos.