El Gobierno de España ha aprobado este martes 21 de mayo el Real Decreto-Ley que regula la reforma del subsidio asistencial por desempleo. Esta reforma incluye una mejora de la transición del subsidio por desempleo a cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Concretamente, el texto incluye diferentes mecanismos para mejorar esta transición del subsidio por desempleo al IMV. De esta forma, ambas prestaciones tendrán una mayor coherencia entre ellas. Esta medida supone un mayor beneficio para las personas que se encuentran en situación de desempleo.
Del subsidio al Ingreso Mínimo Vital
Por otra parte, desde la Seguridad Social señalan que «se mejora la coordinación entre las entidades que gestionan una y otra prestación con el objetivo de eliminar cargas administrativas para aquellas personas que agoten el periodo máximo de percepción de los subsidios por desempleo sin haberse reinsertado en el mercado laboral, siempre que cumplan los requisitos del IMV».
La nueva normativa establece una modificación del cómputo de los ingresos y patrimonio del Ingreso Mínimo Vital. Así, quedará excluido de las rentas computables el subsidio por desempleo cuando la fecha de solicitud de la prestación se hubiera extinguido.
Además, el texto también incluye una variación del concepto de pareja de hecho, para homogeneizarlo con ambas prestaciones. Una medida que beneficiará a muchas personas en situación de vulnerabilidad en España.
También se ha aprobado una colaboración entre la entidad gestora del Ingreso Mínimo Vital (Seguridad Social) y del subsidio por desempleo (SEPE). De esta forma, se establece un procedimiento que regula el tránsito del subsidio al IMV.
Mejoras para el Ingreso Mínimo Vital
Uno de los objetivos del Gobierno de España durante la presente legislatura es mejorar el acceso de los ciudadanos al Ingreso Mínimo Vital. Así, estas medidas se enmarcan dentro de esta estrategia establecida por el Ejecutivo Central.
El Gobierno regula la transición del subsidio asistencial por desempleo al Ingreso Mínimo Vital
➡️Menos cargas administrativas para transitar de subsidio a IMV
➡️La ‘gran invalidez’ pasa a ser el ‘complemento de asistencia de tercera persona’#CMin
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— Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) May 21, 2024
Con todo ello, representantes de la Seguridad Social exponen que «desde su aprobación en junio de 2020, se ha avanzado en la agilización de los procesos, el intercambio de información entre administraciones, la cercanía, la accesibilidad y la transparencia. En esta misma estrategia se incluye la revisión de los formularios de solicitud de la prestación y de la página web, así como la puesta en marcha de un número de teléfono corto para el IMV -el 020- que llevará aparejado un aumento de la plantilla del INSS».
La aprobación de la reforma ha sido celebrada por parte de la ministra de inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. Sobre ella, manifiesta que «hoy damos un paso más en la accesibilidad al IMV y cumplimos con el compromiso adquirido tras la reforma del artículo 49 de la Constitución adoptando la terminología de la Seguridad Social con un lenguaje más inclusivo acorde a los nuevos tiempos».
En definitiva, la medida de mejora de transición del subsidio por desempleo al Ingreso Mínimo Vital, se enmarca dentro de la reforma asistencial del subsidio por desempleo. Además, este mismo martes 21 de mayo, el Gobierno de España también ha aprobado la eliminación del despido automático de los trabajadores por reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.