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El Gobierno aprueba un cambio importante en la devolución de 4.000 euros a los mutualistas jubilados

Desde CCOO denuncian que la medida puede "generar agravios comparativos entre las personas pensionistas de jubilación afectadas"

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
11/01/2025 09:30 - Actualizado 30/05/2025 22:34
Prestaciones
Cambio del Gobierno en la devolución del IRPF a mutualistas jubilados jubilación

Cambio del Gobierno en la devolución del IRPF a mutualistas jubilados

El Gobierno de España, recientemente, aprobó una reforma fiscal que ha provocado una modificación importante en el criterio y procedimiento por el que se determinó la devolución del IRPF a mutualistas jubilados que pagaron de más hace décadas. Se trata de una situación que puede afectar a muchos de estos jubilados.

Respecto a este cambio de rumbo adoptado por el Ejecutivo Central, representantes del sindicato de CCOO (Comisiones Obreras) se han mostrado totalmente en contra. Así, denuncia que que se trata de una «diferencia injustificada de trato».

Devolución del IRPF a mutualistas jubilados

Una serie de sentencias judiciales, a principios del año 2024, determinaron que los mutualistas jubilados que cotizaron de más entre 1967 y 1978 merecían obtener una devolución por el IRPF correspondiente. En este caso, muchos mutualistas perceptores de una pensión de jubilación tienen derecho a cobrar hasta 4.000 euros.

‼️Desde @CCOO valoramos de manera muy negativa la modificación del criterio y del procedimiento que se determinó y puso en marcha en enero de 2024 para la fiscalidad de los antiguos mutualistas.

Una injustificada diferencia de trato, tras múltiples reuniones y conversaciones… pic.twitter.com/VwYg1zvtLq

— COMISIONES OBRERAS (@CCOO) January 8, 2025

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Debido a esta situación, Hacienda estableció un mecanismo para tener en cuenta estos hechos para las declaraciones anuales de la renta de 2023 y posteriores. Además, la Agencia Tributaria facilitó un formulario en su página web para que los pensionistas de jubilación afectados pudieran solicitar la rectificación de las declaraciones del IRPF efectuadas entre 2019 y 2022.

Todas estas herramientas se pusieron en marcha para facilitar la posible devolución del IRPF a los mutualistas jubilados afectados. Eso sí, siempre de cara a los ejercicios fiscales anteriores que aún no hayan prescrito.

De este modo, cientos de personas afectadas por esta situación han solicitado la devolución del IRPF que le corresponde, por haber aportado una cantidad mayor durante los años indicados. Así, muchos jubilados mutualistas han visto reconocido su derecho y han recibido su devolución, mientras que otros tantos aún se encuentran pendientes de cobrar dicha devolución.

Además, desde CCOO informan que una parte importante de pensionistas de jubilación que han solicitado la devolución aún esperan una respuesta por parte de Hacienda. Eso sí, con la esperanza de obtener la devolución correspondiente.

Cambio del Gobierno sobre la devolución a mutualistas jubilados

Llegados a este punto, es necesario retrotraerse a la última reforma fiscal aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez. Esta reforma, entre otras cosas, deja sin efectos las solicitudes de devolución del IRPF a mutualistas jubilados que no se hayan resuelto antes del 22 de diciembre de 2024.

Además, esta medida también ha ocasionado la eliminación del formulario web para solicitar la correspondiente devolución a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. De esta forma, el Gobierno elimina la posibilidad de reclamar y recibir dichas devoluciones del IRPF.

Con todo ello, el Ejecutivo Central ha establecido un nuevo procedimiento para que las personas afectadas puedan volver a presentar su reclamación de devolución del IRPF. Ahora, con la nueva medida, el procedimiento de solicitud se determina año a año, entre 2025 y 2028. Además, se limita cada reclamación a un año entre 2019 y 2022.

Es decir, los mutualistas de jubilación afectados podrán solicitar la devolución del IRPF correspondiente al 2019 en el año 2025; la correspondiente a 2020, en el año 2026; la correspondiente a 2021 en el año 2027; y la correspondiente a 2022 en el año 2027.

Al respecto, desde CCOO denuncian que «este cambio de criterio, sin información, consulta ni conversación alguna con las organizaciones sindicales, se incorporó vía enmienda promovida desde el Gobierno en la tramitación de la Ley 7/2024, contando con una mayoría suficiente de las Cortes para aprobarla y ha entrado en vigor para todas las solicitudes que no habían sido resueltas a fecha de 22 de diciembre de 2024».

Como conclusión, añaden que «esta decisión genera inseguridad jurídica, aplica con carácter retroactivo una norma fiscal desfavorable, además de generar agravios comparativos entre las personas pensionistas afectadas».

El Gobierno aprueba un cambio importante en la devolución de 4.000 euros a los mutualistas jubilados
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: IRPFJubilación
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