La Agencia Tributaria tiene la obligación de devolver una importante cantidad de dinero a determinados jubilados mutualistas. Así, existe una fecha límite por parte de Hacienda para realizar las correspondientes devoluciones. Esta devolución está relacionada con las tributaciones para las pensiones de jubilación.
En este sentido, desde ‘TaxDown’ señalan que tienen derecho a recibir estas devoluciones «todos los trabajadores de sectores como la banca, la hostelería, el comercio, la construcción o la metalurgia que estaban afiliados a las antiguas mutualidades laborales antes del año 1978″.
También tienen derecho a cobrar estas devoluciones los herederos de mutualistas jubilados que ya hayan fallecido. En este tipo de casos, será obligatorio presentar una documentación adicional como el certificado de defunción y testamento.
Fecha de devolución a mutualistas en la jubilación
Los expertos de ‘TaxDown’ informan que «Hacienda ya les ha devuelto más de 1.000 millones de euros en los primeros siete primeros meses del año, según el último informe mensual de recaudación tributaria de la AEAT, pero todavía podría pagar hasta 700 millones de euros más que tienen reservados para cubrir las devoluciones por IRPF de pensionistas».
Así, Hacienda dispone hasta el 31 de diciembre de 2024 para efectuar las correspondientes devoluciones a estos mutualistas de jubilación afectados. En caso de solicitar la devolución de años anteriores, la Agencia Tributaria dispone de seis meses para completar la devolución desde la fecha de solicitud.
Si Hacienda supera este límite de plazo, el mutualista jubilado podría recibir intereses de demora del 4,06%. Por tanto, si eres una de las personas afectadas, debes tener en cuenta todos estos detalles respecto a las devoluciones para mutualistas.
Los mutualistas de jubilación afectados por esta situación pueden conocer el estado de su devolución a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, deben acceder al apartado ‘Tramitación de borrador/declaración’.
¿Por qué recibirán una devolución?
Muchas personas en España se cuestionan porque estos jubilados tienen derecho a recibir una devolución por parte de Hacienda. Las cantidades que recibirá cada una de estas personas afectadas oscilan entre 2.400 y 4.000 euros. Se trata de un importe de gran relevancia.
La respuesta es que estos trabajadores que aportaron a mutualidades tributaron por el 100% de sus pensiones. Es decir, pagaron una cantidad de impuestos superiores a las que realmente les correspondía. Así, una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha obligado a Hacienda a enmendar este error.
Al respecto, desde ‘TaxDown’ informan que «Hacienda ha reconocido estos errores y permitirá que los jubilados de estos sectores puedan reducir en un 25% las cotizaciones que realizaron a las mutualidades laborales entre 1967 y 1978 en su declaración anual de la Renta. Además, también se les permitirá solicitar la devolución de las cantidades pagadas en exceso en años anteriores. De hecho, la parte de la prestación de jubilación que corresponda a las aportaciones anteriores a 1967 se reducirá al 100%».
En cualquier caso, la cantidad que devolverá Hacienda a estos mutualistas jubilados depende de los siguientes factores:
- Cotizaciones realizadas durante los periodos establecidos por la sentencia.
- Estimaciones promedio, que varía en función de la vida laboral de cada persona y sus circunstancias personales.
- Plazos de devolución.
- Intereses de demora. Hacienda tendrá que abonar ciertos intereses sobre la cantidad en cuestión.
- Ahorro fiscal futuro. Estos pensionistas de jubilación consolidarán un porcentaje de su pensión que no tributará durante los próximos años.
Por norma general, Hacienda realizará la correspondiente devolución a través de transferencia bancaria en la cuenta indicada por parte del jubilado a la hora de completar la solicitud.