Al presentar la Declaración de la Renta en España es fundamental conocer las deducciones que se pueden aplicar en la misma. En este sentido, existen deducciones a nivel estatal y deducciones autonómicas. Las deducciones autonómicas dependen de la Comunidad Autónoma en la que resida cada contribuyente.
Desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025 los contribuyentes en España podrán presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal del año 2024. Así, es posible presentar la declaración por vía online, vía telefónica o de manera presencial.
Deducciones en la Declaración de la Renta en Madrid
Conocer las deducciones autonómicas existentes en cada territorio resulta complejo para la mayoría de contribuyentes en España. Ante cualquier duda, lo más recomendable es contar con el asesoramiento de un especialista en la materia.
En este contexto, los profesionales de ‘TaxDown’ desvelan un total de 20 deducciones que pueden aplicar los contribuyentes de la Comunidad de Madrid al presentar la Declaración de la Renta en 2025:
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por arrendamiento de la vivienda habitual.
- Por nacimiento o adopción de hijos.
- Por adopción internacional de niños.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad.
- Por donativos a fundaciones y clubes deportivos.
- Para familias con dos o más descendientes, que también tengan carencia de rentas.
- Por gastos educativos.
- Por cuidado de hijos menores de 3 años, personas con discapacidad o hijos mayores dependientes.
- Por cuidado de ascendientes.
- Por el fomento del autoempleo en personas menores de 35 años.
- Por inversión en adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades.
- Por el pago de intereses de hipotecas para la compra de una vivienda en el caso de jóvenes menores de 30 años.
- Por arrendamiento de viviendas vacías.
- Por la adquisición de vivienda habitual derivada del nacimiento o adopción de hijos.
- Por el pago de intereses de préstamos para estudios de grado, máster y doctorado.
- Por obtención de la condición de familia numerosa general o especial.
- Por aumento de los costes de financiación ajena en la inversión de una vivienda habitual.
- Por cambio de residencia a municipio en riesgo de despoblación.
- Por inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero.
Para tener derecho a cada una de estas deducciones en la Comunidad de Madrid, es obligatorio cumplir con los requisitos específicos que establecen desde Hacienda. Aplicar algunas de estas deducciones puede ayudar a ahorrar hasta miles de euros al contribuyente.
Deducciones destacadas en la Comunidad de Madrid
Una de las deducciones más relevantes que pueden aplicar los contribuyentes en la Comunidad de Madrid es la deducción por nacimiento o adopción de hijos. En este caso, el ciudadano puede recibir hasta 721,70 euros por cada hijo nacido o adoptado desde el 1 de enero de 2023.
Otra deducción relevante es una ayuda fiscal que se aplica a aquellos contribuyentes que convivan y tengan a su cargo a ascendientes mayores de 65 años o personas con discapacidad. Si el ciudadano cumple con los requisitos, podrá aplicar una deducción de 515,50 euros en la Declaración de la Renta.
En la Comunidad de Madrid también se puede aplicar una deducción por vivir de alquiler. Al respecto, desde ‘TaxDown’ manifiestan que «con esta deducción podrás desgravarte el 30% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual. Siendo el límite máximo 1.237,20 euros, tanto en tributación individual como en conjunta».