La Ley de cambio climático ha llegado a nuestro país con nuevas restricciones de la DGT para algunos vehículos matriculados en España. Y es que se ha puesto en marcha un dispositivo exhaustivo que controla las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), en las cuáles aquellos que no cumplen con los requisitos necesarios para circular tendrán que apañárselas para adaptarse a la nueva normativa. Esto implica que los coches con etiquetas A, B y C tendrán el acceso restringido en ciertas ciudades por la aplicación de esta ley.
Las ciudades con más de 50.000 habitantes, o aquellas de 20.000 que superen niveles máximos de contaminación, ya se preparan para habilitar las ZBE. Una medida aprobada en los Presupuestos Generales del Estado para este año 2023, que busca reducir la contaminación en núcleos urbanos.
A continuación, te vamos a contar cuál es el significado de las etiquetas medioambientales de la DGT que deben tener los vehículos. Para poder circular por zonas concurridas de muchas ciudades españolas. Y es que esto traerá consigo un cambio en las rutinas de muchos ciudadanos, que verán como se establecen restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos contaminantes.
¿Qué significan las etiquetas A, B y C obligatorias para acceder a las ZBE según la DGT?
Para poder circular y/o estacionar en estas áreas acotadas por la DGT, los vehículos deberán portar alguna de las etiquetas que permiten el acceso a las ZBE. Así que si te vamos a ayudar a saber si tu coche cuenta con el permiso de las instituciones para evitar multas de hasta 200 euros.
Etiqueta A (sin etiqueta)
Se trata de los vehículos de gasolina anteriores a 2001 y los de gasoil anteriores a 2006. En este caso, estos son los que se verán más afectados por la Ley de cambio climático. Y es que según la DGT, no se permite circular ni estacionar en estas áreas a aquellos vehículos que no cuenten con etiqueta medioambiental.
Etiqueta B
Estas son de color amarillo, y corresponden a turismos y furgonetas ligeras propulsadas por gasolina y matriculadas a partir de enero del 2000, o diésel a partir de enero de 2006. Eso sí, debes tener en cuenta que este tipo de vehículos pueden acceder a las BZE pero no pueden estacionar dentro de ellas.
Etiqueta C
Estas son de color verde, y según la DGT están reservadas para aquellos coches y furgonetas de gasolina matriculados después de enero de 2006. Así como los de diésel matriculados después de enero de 2015. En este caso, todos ellos tienen la oportunidad de circular y estacionar por las zonas clasificadas por los ayuntamientos de cada municipio como ZBE.
Eso sí, tanto aquellos que tengan la etiqueta mediambiental B como los que porten la C, deberán pagar un peaje urbano para circular por las ZBE que determinen los ayuntamientos. Por lo que los únicos que podrán acceder a ellas con total libertad sin peligro de multas de la DGT, son aquellos coches y vehículos ligeros híbridos enchufables y 100% eléctricos.