Los ciudadanos que quieran cobrar el subsidio para mayores de 52 años deben cumplir unos requisitos específicos, establecidos previamente en la normativa del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Igualmente, para seguir percibiendo dicha ayuda no contributiva, la persona beneficiaria debe mantener el cumplimiento de estos requisitos.
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda no contributiva destinada a personas con 52 años o más que cumplan todos los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, a excepción de la edad. Además, es necesario estar en situación de desempleo y haber perdido el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo.
Así, estos son todos los requisitos del SEPE para cobrar el subsidio para mayores de 52 años en España:
- Estar en situación de desempleo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Figurar como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Se debe mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Haber agotado el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo.
- Cumplir todos los requisitos necesarios para acceder a la jubilación, a excepción de la edad.
Además, la persona solicitante también debe carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias. Todos los requisitos se deben mantener durante todo el periodo de percepción del mismo.
La DAR en el subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años se puede percibir desde los 52 años de edad hasta cumplir la edad ordinaria de jubilación. Esta es una de las grandes ventajas de esta ayuda no contributiva. Sin embargo, para que la renovación del subsidio se haga efectiva, es necesario presentar ante el SEPE la Declaración Anual de Rentas (DAR).
La DAR es un documento clave en el que se acredita que el beneficiario del subsidio sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas. Así, la persona beneficiaria del subsidio debe presentar dicho documento ante el SEPE de forma anual. Dispone de 15 días hábiles desde el cumplimiento de un año del reconocimiento de la ayuda o desde la última renovación.
Desde el SEPE explican que «si sus ingresos no han superado en ningún mes el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), podrá tramitar la declaración anual a través de Internet en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), siempre que disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve».
Hay que tener en cuenta que si la presentación de este documento, el SEPE procederá a la suspensión de la percepción del subsidio y las cotizaciones a la Seguridad Social. Por tanto, se trata de un trámite trascendental para las personas que perciben esta prestación y pretenden renovar el derecho a su cobro.
🔵 Los beneficiarios del subsidio de mayores 52 años deberán presentar cada año una declaración d sus rentas acompañada de la documentación que las justifique
Te informamos 👉 https://t.co/Vc84Hl9qRD
Puedes presentar tu DAR a través de PRE-SOLICITUD 👉 https://t.co/jDJZctokzn pic.twitter.com/hnuXLnU9pu— SEPE (@empleo_SEPE) November 24, 2022
Además, es importante resaltar que el subsidio para mayores de 52 años es la única ayuda no contributiva del SEPE que permite seguir cotizando a la Seguridad Social durante su percepción. Estas cotizaciones son claves para el momento en el que el ciudadano acceda a la jubilación.