Este es el motivo por el que Hacienda te puede embargar la pensión de jubilación

La Agencia Tributaria puede embargar parte de la pensión contributiva de jubilación ante determinadas circunstancias

Embargar pensión de jubilación./ Foto de Canva

Existe un motivo por el que Hacienda puede embargar parte de una pensión de jubilación a un ciudadano, aunque existen excepciones en función de la cuantía económica que recibe esa persona por la pensión contributiva. Así, el principal motivo por el que se puede embargar una pensión de jubilación es que el pensionista tenga deudas con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social u otra Administración Pública.

En este sentido, un pensionista que recibe una pensión de jubilación puede ver como su cuantía económica se ve reducida de forma porcentual debido a una deuda con la Administración Pública. Este embargo también se puede producir en las pensiones de viudedad, incapacidad permanente…etc.

Los profesionales de ‘Fidelitis‘ informan que «en ningún caso el pensionista se quedará sin el 100% de la pensión por motivo de un embargo. El mecanismo legal contempla una serie de condiciones orientadas a garantizar la cobertura económica del jubilado o pensionista, aun cuando la devolución de las deudas sea un hecho irreversible».

Embargo de pensión de jubilación

La Ley General de la Seguridad Social establece que es inembargable el salario, sueldo o pensión que no exceda la cuantía señalada para el Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, si Hacienda embarga la pensión de jubilación a un ciudadano, debe permitirle cobrar un importe mínimo que no ponga en riesgo su situación económica.

Embargar pensión de jubilación./ Foto de Canva
Embargar pensión de jubilación./ Foto de Canva

Por ello, la Agencia Tributaria establecerá un porcentaje de embargo para que el pensionista vaya saldando su deuda de forma progresiva, mientras que recibe percibiendo una parte de la pensión de jubilación para sus gastos habituales.

El límite por debajo del cual no se puede embargar una pensión de jubilación es el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento. En 2022, el SMI se sitúa en 1.000 euros repartidos en 14 pagas durante el año. Si bien, la intención del Gobierno de España es volver a incrementar próximamente el importe del SMI.

¿Cuánto me pueden embargar?

Supongamos el caso de un jubilado que percibe una pensión mensual de 1.200 euros. Al ser una cuantía superior al SMI actual, la Agencia Tributaria considera al pensionista lo suficientemente protegido para embargar parte de su pensión contributiva e ir saldando sus deudas pendientes con la Administración Pública.

Así, la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla una escala determinada con diferentes porcentajes a embargar en la pensión de jubilación en función de la cuantía de la prestación en cuestión:

Debido al límite de cuantía que se establece en la pensión para su embargo, la normativa deja claro que no es posible proceder al embargo de una pensión no contributiva de jubilación o no contributiva de invalidez. Las pensiones no contributivas tienen una cuantía considerablemente inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.

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