Este es el interés que debe pagarle a Hacienda si tarda en realizar la devolución de la Renta

Los contribuyentes tienen derecho a cobrar un interés de demora si Hacienda se retrasa en el pago de la devolución de la Renta

Interés de demora que debe pagar Hacienda por retrasos en la devolución de la Renta

Interés de demora que debe pagar Hacienda por retrasos en la devolución de la Renta./ Foto de Canva

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024 se encuentra activa en España hasta el 30 de junio de 2025. Es decir, desde el 2 de abril al 30 de junio de 2025 es posible presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.

Si la declaración sale a devolver por parte de Hacienda, este organismo dispone de seis meses desde la fecha de presentación de la Declaración de la Renta o desde la finalización del plazo de presentaciones para realizar el correspondiente pago.

¿Cuándo realiza la devolución Hacienda?

Normalmente, la devolución por parte de Hacienda se realiza a través de transferencia bancaria en la cuenta del contribuyente. El contribuyente debe indicar su número de cuenta en el momento de presentar la Declaración de la Renta.

Por norma general, Hacienda no suele tardar más de una semana desde que se ordena la devolución hacia el contribuyente. Sin embargo, a veces, pueden surgir complicaciones que demoren el proceso de devolución.

No es habitual que Hacienda se demore con la devolución, aunque existen situaciones por las que puede ocurrir. A veces, esta demora se debe a errores cometidos por el contribuyente al presentar la Declaración de la Renta. Igualmente, también pueden deberse a un fallo propio de la Agencia Tributaria.

Según informan los expertos de ‘TaxDown’, estas son las principales causas por las que Hacienda se puede retrasar en la devolución de la Renta:

Si tienes dudas sobre este proceso, cualquier contribuyente puede consultar el estado de su devolución de forma sencilla. Todo ello a través de la página web de la Agencia Tributaria o desde la ‘app de Renta WEB’.

Intereses de demora que debe pagar Hacienda

Tal y como hemos explicado anteriormente, Hacienda dispone de seis meses desde la finalización del plazo de presentaciones para realizar la Declaración de la Renta. En caso de superar dicho plazo, la Agencia Tributaria deberá pagar una serie de intereses al contribuyente.

Concretamente, estos intereses se conocen como intereses de demora. La propia Ley de IRPF prevé esta demora en su artículo 103. Por tanto, el retraso del pago por parte de Hacienda podría suponer un ‘beneficio’ colateral para el contribuyente.

En 2025, el interés de demora que se aplica a Hacienda es del 4,0625% con respecto a la cantidad que debe devolver al contribuyente. Así, el interés de demora se calcula desde la fecha de retraso hasta la fecha en la que se ordena el pago.

Este interés de demora que debe afrontar la Agencia Tributaria se aplica de manera automática en el momento en el que se efectúa definitivamente la devolución. Es decir, el contribuyente no tendrá que realizar ningún tipo de reclamación al respecto.

Hay que tener en cuenta que el interés de demora únicamente se aplica si el retraso en la devolución por parte de Hacienda no es culpa del contribuyente. Así se recoge en la Ley de IRPF.

Por norma general, Hacienda no suele retrasarse en el pago de la devolución. Sin embargo, los contribuyentes deben conocer que tienen derecho a cobrar un interés de demora en caso de que este hecho se produzca.

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