El plazo para solicitar la ayuda de 200 euros por parte de la Agencia Tributaria, que está destinada directamente a la compra de alimentos, se abrió en el mes de febrero. Recogido por el Real Decreto 20/2022, el plazo de presentación acababa un mes después, en marzo, aunque el inicial en relación con el pago se cerraría tiempo después, en concreto el 30 de junio. Con todo ello, hay ciudadanos que no han recibido ni siquiera una respuesta a solicitud, muchos de ellos cumpliendo con los requisitos.
Cuando sucede este tipo de hechos, la empresa pública abre un periodo considerado como de alegaciones o reclamaciones, en el que se puede apurar un mes después de la denegación de la solicitud para implementarlo. Los recursos que se deben poner tienen que estar medidos a las exigencias, si quieren tener visos de éxito.
La AEAT, siglas que corresponden a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dentro de la sección dedicada a esta ayuda de 200 euros, incluye una carta que resulta condición sine qua non para poder presentar cualquier tipo de alegación. En otras palabras, aunque tengas razón en la justificación, si no se presenta este escrito, no podrás recibir una respuesta positiva y tu petición seguirá como denegada.
La no respuesta a una solicitud, como la de este caso de la ayuda de 200 euros, puede darse como una negación, pero no se está dando el silencio administrativo para este acceso. Si la solicitud aún figura en alta querrá decir, además, que no ha sido siquiera revisada por el organismo al que le corresponde. Si continúas en un caso en el que tu solicitud aún aparece como ‘Alta‘, tendrás que aguardar hasta que la solicitud sea revisada y contestada, por mucho que se haya pasado el plazo.
Cómo reclamar la ayuda de 200 euros
En cambio, si ya ha sido denegada la petición de recibir la ayuda de 200 euros, destinada a la compra de alimentos, sí podrás comenzar los trámites y ponerte en contacto con la Agencia Tributaria para intentar que revoque ese ‘no’. Xataka Móvil se puso en contacto con el ente y desde ahí aseguran que continúan revisando solicitudes, por lo que aquellos ciudadanos que no hayan obtenido respuesta pueden seguir esperando y con expectativas de recibir un ‘sí’. Por ende, también se anula de alguna manera el fin del plazo que databa del 30 de junio.
La carta podría no estar aprobada, en cualquier caso, ya que el problema es que se ha saturado la revisión y, por tanto, en muchos casos aún no se ha podido dar, dando paso a un periodo de pausa o impasse del que podría derivar una respuesta positiva o negativa, dependiendo de si se cumple con los requisitos que establece la Agencia Tributaria para la ayuda económica de 200 euros o si no es así. El periodo de alegaciones tendrá que ser, en resumen, posterior a la recepción de la negativa de ayuda, ya que si no, y debido al colapso de los medios en lo que se corresponde con este recurso el camino ante la callada por respuesta no es otro que la espera.