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Esta es la cuantía máxima que puedes recibir con una incapacidad permanente

La Seguridad Social establece un importe de pensión máxima que se puede cobrar por una incapacidad permanente, aunque existe una excepción

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
13/07/2024 10:00 - Actualizado 05/06/2025 09:48
Prestaciones
Pensión máxima de incapacidad permanente

Pensión máxima de incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

El Gobierno de España aplica cada año un importe de pensión máxima que se puede cobrar con una pensión contributiva. Esta cuantía de pensión máxima también se aplica para las pensiones de incapacidad permanente.

Una pensión de incapacidad permanente tiene como finalidad paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.

Cuantías de las pensiones de incapacidad permanente

La cuantía a cobrar por una pensión de incapacidad permanente depende, mayormente, del grado de incapacidad reconocido por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Pensión máxima de incapacidad permanente
Pensión máxima de incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

El grado más bajo de incapacidad permanente que se puede conceder en España es una incapacidad permanente parcial. En este caso, no se trata de una pensión, sino de una indemnización económica de pago único.

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Desde la Seguridad Social aclaran que el importe de la indemnización de la incapacidad permanente parcial es equivalente a las 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal.

Por su parte, este es el porcentaje de base reguladora que corresponde cobrar en la pensión según el grado de incapacidad permanente reconocido:

  • Incapacidad total: Implica el cobro de una pensión con una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora. La pensión será del 75% de la base reguladora en caso de que la persona beneficiaria tenga 55 años o más y se encuentre en paro.
  • Incapacidad absoluta: Conlleva la percepción de una pensión con un importe equivalente al 100% de la base reguladora.
  • Gran Invalidez: También implica el cobro de una pensión del 100% de la base reguladora. Además, también se percibe un complemento no inferior al 45% de la base reguladora, debido a que la persona beneficiaria de la pensión necesita la ayuda de terceras personas para desarrollar las actividades básicas del día a día.

Las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente también pueden cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, destinado a las personas que acreditan haber sufrido un perjuicio en su carrera profesional en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos.

Pensión máxima de incapacidad permanente

La cuantía de pensión máxima que se puede cobrar con una pensión de incapacidad permanente es equivalente al importe de pensión máxima establecido por el Gobierno de España para cada año.

En 2024, el Ejecutivo Central aprobó un aumento de la pensión máxima. Actualmente, la pensión máxima se sitúa en 3.175,04 euros al mes. En cómputo anual, independientemente de que la pensión se devenga en 12 o 14 pagas, el importe no podrá superar los 44.450,56 euros.

Las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente no laboral o enfermedad común se devengan en 14 pagas al año. Por su parte, las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se devengan en 12 pagas al año.

Existe una excepción por la que se puede cobrar una cuantía superior a la pensión máxima en caso de estar recibiendo una incapacidad permanente. En concreto, esta excepción está permitida en los casos en los que se percibe el complemento de Gran Invalidez.

Para que se reconozca una Gran Invalidez, es necesario demostrar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social que la persona solicitante necesita la ayuda de terceras personas para desarrollar las actividades cotidianas del día a día.

Esta es la cuantía máxima que puedes recibir con una incapacidad permanente
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: Incapacidad PermanentePensión
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