Cada día que pasa nos preocupamos más por nuestra salud y por los alimentos que consumimos. Aún así, los datos en torno a la obesidad y el sobrepeso no son nada favorables, sino todo lo contrario, son alarmantemente negativos. Según el Estudio Nutricional de la Población Española (ENPE), más de la mitad de los españoles, concretamente el 53,6%, sufren de sobrepeso u obesidad. Este porcentaje afecta en un 40% a los menores de entre tres y ocho años de edad, una cifra a tener en cuenta. No obstante, ¿Está considerada la obesidad una discapacidad?
Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la obesidad puede considerarse como una discapacidad a efectos de la directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo, ya que una persona con obesidad mórbida, por ejemplo, no puede desempeñar el mismo tipo de trabajo que una persona que esté en su peso.
¿Quiere decir esto que se puede acceder a una pensión de incapacidad permanente por obesidad mórbida? ¿Es realmente una discapacidad?
Incapacidad laboral o discapacidad por obesidad
La obesidad por si misma no es causa de incapacidad. No obstante, sus síntomas sí que pueden interferir en las principales tareas o funciones del trabajo habitual, por lo que, en estos casos, sí que podría considerarse como una discapacidad. Apnea del sueño, depresión, dolor de espalda o de rodilla, falta de oxígeno o hipertensión son algunos de los síntomas de esta enfermedad que puede llegar a ser mortal.
Es por eso por lo que, a la hora de valorar una incapacidad por obesidad, será necesario contar con los informes médicos pertinentes y analizar si se han tomado todas las medidas necesarias para poder poner remedio. Si el resultado no atenta contra la salud, la discapacidad será rechazada.
En caso de que no se puedan llevar a cabo esas medidas necesarias, sí que podría considerarse como una incapacidad laboral.
Pensión por incapacidad permanente, ¿es posible conseguirla?
Lo cierto es que, si se padece obesidad mórbida, sí que se podría llegar a conseguir una incapacidad permanente. Se tendrán en cuenta otras enfermedades diagnosticadas que acompañen a esta condición de obesidad mórbida.
En algunos casos, como en las situaciones laborales en las que haya que estar de pie mucho tiempo o que haya que desplazarse continuamente, se podría conseguir incluso una incapacidad permanente absoluta.
¿Cuántos kilos de más se considera obesidad?
Los adultos con un IMC de 30 a 39,9 se consideran personas obesas, mientras que aquellos que tengan un rango superior a 40 se consideran extremadamente obesos, es decir, lo que consideramos como obesidad mórbida.
Se considera que cualquier persona que pese más de 45 kg de su peso sufre esta enfermedad que puede llegar a ser considerada como discapacidad.
¿Cómo saber si tengo sobrepeso u obesidad?
El IMC se encuentra entre 18,5 y 24,9, tu índice de masa corporal será normal, es decir que tendrás un peso saludable. Por el contrario, si sube de 25 ya se estará considerando como sobrepeso y si pasa de los 30 será considerado como obesidad, mucho más si traspasa el número 40.