El bono social supone un descuento en la factura de la luz cada mes, una opción que pretende proteger a los hogares que están considerados como vulnerables. Este descuento en la factura de la luz da origen a una tarifa conocida com ‘Tarifa de Último Recurso‘, y supone un alivio para muchas familias, especialmente teniendo en cuenta el precio actual de la luz.
Para poder acceder a este bono social que ofrece la Junta de Andalucía es necesario cumplir una serie de requisitos básicos que permiten acreditar la necesidad de recibir este ahorro. Además, dependiendo del grado de vulnerabilidad familiar, se aplicará un descuento mayor o menor.
¿Quieres saber cuáles son los requisitos básicos para obtener el bono social? A continuación te contamos todo lo que necesitas saber acerca de este descuento.
Requisitos básicos para obtar al bono social
Para poder acceder al bono social se tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser persona física.
- Ser titular de un contrato de suministro de electricidad en la vivienda habitual con una potencia contratada igual o inferior a 10Kw.
- Tener contratada la tarifa de Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC) con una empresa Comercializadora de Referencia.
Si se cumplen estos tres requisitos básicos, se podrá obtener el bono social. Aún así, existen otras condiciones importante a tener en cuenta a la hora de realizar la solicitud.
Consumidores vulnerables con un 25% de descuento
Además de cumplir con lo anterior, el titular del contrato de la luz deberá acredita al menos uno de los siguientes requisitos:
- En el caso de tener una renta conjunta anual de la unidad familiar, esta no deberá ser superior a 1,5 veces el IPREM referido a 14 pagas. El total deberá ser inferior a 11.862,90 euros si no hay ningún menor en la unidad familiar.
- Si hay un menor en la unidad familiar, la renta conjunta no deberá ser superior a 2 veces el IPREM referido a 14 pagas, lo que hace un total de 15.817,20 euros.
- En el caso de que se conviva con dos hijos menores de edad, la renta conjunta no podrá ser superior a 2,5 veces el IPREM referido a 14 pagas, es decir, 19.771,50 euros.
- Estar en posesión del título de familia numerosa.
- Que el propio consumidor y todos los miembros de la unidad familiar que tengan ingresos sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, recibiendo la cuantía mínima vigente.
Consumidores vulnerables severos con un 40% de descuento
Si se da una situación de vulnerabilidad severa, las condiciones cambian con respecto al 25% de descuento ya que, además de que ese porcentaje de ahorro sube, se darán otros requisitos:
- En el caso de que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar no sea superior a 0,75 veces el IPREM referido a 14 pagas: 5.931,45€
- Si se convive en una unidad familiar con un hijo menor de edad a cargo, su renta conjunta no será superior al IPREM referido a 14 pagas: 7.908,6€.
- En el caso de convivir en una unidad familiar con dos hijos menores de edad a cargo, su renta conjunta no será superior a 1,25 veces IPREM referido a 14 pagas: 9.885,7€.
Consumidores en riesgo de exclusión social
Para ser calificado como consumidor en riesgo social de exclusión, se deberán cumplir con los requisitos para ser vulnerable severo. Además, también será necesario ser atendido por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura. Esto deberá ser acreditado mediante un documento extendido por los servicios locales de las referidas Administraciones Públicas.
Límite de energía consumible con descuento del bono social
El descuento del bono social en la factura de la luz será aplicado teniendo en cuenta el límite anual de energía suministrada previsto para la facturación del término de energía PVC por período de facturación, según se establece:
Categorías | Límites máximos al consumo (kWh) |
---|---|
Unidad familiar sin menores / demandante individual | 1.380 |
Unidad familiar con un menor | 1.932 |
Unidad familiar con dos menores | 2.346 |
Unidad familiar familias numerosas | 4.140 |
Unidad familiar / demandante individual – pensionistas (cuantía máxima) |
1.932 |