El Tribunal Constitucional mantiene los cambios en materia de accesibilidad a la vivienda

Silla de ruedas ante una escaleras

En un comunicado, el Cermi recuerda que el Tribunal de garantías constitucionales ha declarado que el real decreto ley, en la parte que modificaba la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) para introducir alguna mejoras de la regulación de la accesibilidad en las comunidades de propietarios, es ajustado a la Constitución y que la urgente necesidad para acudir a la vía extraordinaria del decreto ley quedó acreditada en este punto.

La reforma de la LPH, reclamada por Cermi, mejoraba «aunque de modo insuficiente» el régimen legal para realizar obras y actuaciones de accesibilidad en edificios. En concreto, declaraba obligatorias la obras de accesibilidad cuando existieran líneas de ayuda pública para el acondicionamiento de inmuebles.

Además, permitía destinar el fondo de reserva que toda comunidad de propietarios tiene el deber de mantener, a la realización de obras de accesibilidad.

«Estas medidas fueran recurridas por el PP al haber impugnado en bloque todo el real decreto ley, sin separar estas previsiones que no eran polémicas políticamente», señalan desde el Cermi

Aplauden la decisión del Tribunal Constitucional

Desde la institución aplauden que el TC haya dictaminado que la norma «era constitucional y por tanto salva estas mejoras normativas».

A pesar de este pronunciamiento judicial favorable, el Cermi sigue exigiendo «una reforma radical de la LPH».

Puesto que, según ellos no debe «circunscribir a aspectos parciales, y que pasa por establecer la obligación de llevar a cabo obras de accesibilidad en las comunidades de propietarios». Eso «cuando lo solicite un vecino con discapacidad o mayor de 70 años».

Además, recalca que todo el gasto recae «en la comunidad, sin límites en función de la cuantía de la obra como rige en estos momentos». Para el sector social de la discapacidad se trata de una demanda mayor para esta Legislatura que el Gobierno no puede seguir obviando.

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