Tododisca
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
No Result
View All Result
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
Tododisca
No Result
View All Result

Cuidado si recibes una herencia con deudas, estos métodos evitarán que te arruines

Una herencia no está compuesta únicamente de bienes, sino que también incluye los derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte de una persona

Lidia Orellana Mayor Lidia Orellana Mayor
10/01/2024 16:00 - Actualizado 04/06/2025 22:36
Sociedad
El hijo concebido fuera del matrimonio también tiene derecho a la herencia

El hijo concebido fuera del matrimonio también tiene derecho a la herencia

El reparto de la herencia es un proceso que con cierta frecuencia, se torna complicado. El primero de los motivos por el que esto sucede, es que este trámite debe darse tras perder a un ser querido. Un momento de tristeza, de luto, en el que hay que llevar a cabo una serie de acciones para las que no siempre estamos preparados.

Este es el segundo motivo. Y es que es habitual, que no conozcamos el proceder que debemos seguir para llevar a cabo este proceso: Pedir certificados, liquidar impuestos, acudir al notario, etc. Toda esta información de golpe, puede producirnos un cierto estrés y desconcierto. Por esta razón, lo mejor en estos casos es acudir a un abogado experto en sucesiones que nos ayude.

Pero a parte de los ya nombrados, hay un tercer motivo por el que el reparto de la herencia puede ser complicado. Y es que es habitual, pensar que ser heredero significa recibir los bienes del fallecido. Es decir, ganancias, los activos. Sin embargo, el Código Civil deja claro, en su artículo 659, que la herencia comprende «todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte».

¿Qué significa esto? Que no solo se heredan los bienes, sino que también las deudas. Por tanto, es posible que nos corresponda asumir responsabilidades de la persona que ha fallecido. Es decir, que pasen a ser nuestras, y en este caso, pueden incluso poner en peligro nuestro patrimonio. Pero, ¿Qué podemos hacer en estos casos?

Noticias Relacionadas
Indemnización herederos herencia
Indemnizan con 5.000 euros a los herederos de una mujer que estuvo en prisión injustamente
Este es el mejor momento para repartir una herencia
Ventajas de repartir una herencia cuanto antes – Los expertos lo tienen claro

Aceptar la herencia a beneficio de inventario

Aceptar la herencia a beneficio de inventario, es la mejor opción para que convertirse en sucesor no conlleve cargas que tengas que afrontar y te perjudique. Pero, ¿De qué se trata? El artículo 1010 del Código Civil establece que «Todo heredero puede aceptar la herencia a beneficio de inventario, aunque el testador se lo haya prohibido».

Puedes renunciar a la herencia o aceptar a beneficio de inventario
Puedes renunciar a la herencia o aceptar a beneficio de inventario

Además añade que el heredero, «podrá pedir la formación de inventario antes de aceptar o repudiar la herencia, para deliberar sobre este punto». Este punto es muy importante, pues significa que el sucesor tiene derecho a informarse acerca de los bienes y las cargas que le corresponden antes de tomar la decisión de aceptar su papel como heredero. Por tanto, si en la masa hereditaria hay mas deudas que bienes, el heredero no tendrá que arriesgar su patrimonio para subsanar esas cargas.

Es importante destacar, que esto no significa que se acepten solo los bienes de la herencia. Esto no es posible. Significa, que el heredero responderá al pasivo hereditario exclusivamente con bienes y derechos de la propia herencia. Si al saldar las deudas sigue habiendo bienes, el heredero podrá disponer de ellos. Sin embargo, si estos se agotan antes de saldar la deuda, el heredero no recibirá nada, pero tampoco responderá al resto de la deuda con su patrimonio.

Renunciar: otro recurso al alcance del heredero

Es habitual que cuando alguien fallece, sus allegados y normalmente, herederos, conozcan su situación patrimonial. Bien es cierto, que esta información no tiene porque saberse al detalle, pero lo normal es que los familiares conozcan si una persona tenía más activos que pasivos o al revés. Por tanto, si esta información está clara, y el causante tenía más deudas que bienes, lo razonable es que los herederos renuncien a la herencia.

Y es que todo heredero tiene derecho a elegir entre tres opciones: Aceptar la herencia, renunciar o reservarse el derecho a deliberar. No obstante, cualquiera de las opciones por la que se incline, deberá hacerlo de forma oficial. Por tanto, si decide renunciar a la herencia, deberá acudir al notario y manifestar en escritura pública su voluntad de renunciar.

Cuidado si recibes una herencia con deudas, estos métodos evitarán que te arruines
Lidia Orellana Mayor
Sobre el autor ▼
Soy licenciada en periodismo por la Universidad Europea de Madrid. Cuento con un Máster en Márketing Digital y RRSS, y un experto en gabinetes de comunicación política. Mi primera etapa profesional, la ocupé trabajando como redactora en medios de comunicación como Antena 3. Con objeto de conocer la 'otra parte' de la profesión, más tarde me especialicé en gabinetes de comunicación, trabajando en la planificación de estrategias de diversas empresas privadas y partidos políticos. Actualmente, aunando mi experiencia y mi pasión por escribir, soy redactora de las secciones de sociedad, empleo y prestaciones de Tododisca.
Temas: Herencia
Noticias Relacionadas
Opciones en caso de desacuerdo con el reparto de una herencia
¿Qué hacer si uno de los hermanos no quiere repartir la herencia? Los abogados dan estas 2 soluciones
La Comunidad de Madrid aprueba una nueva bajada del Impuesto de Sucesiones en una herencia
La Comunidad de Madrid aprueba una nueva bajada del Impuesto de Sucesiones al recibir una herencia
Herencia sin pagar nada
Un abogado lo confirma: «Existe una forma de disfrutar de una herencia sin pagar nada de tu bolsillo»
Plazos para reclamar una herencia
Herencias 2025: el plazo que no conoces para reclamar tu parte y no perderla
  • Aviso legal
  • Buenas prácticas editoriales y ética
  • Política de correcciones
  • Política de cookies y privacidad
  • Quienes somos
  • Mapa de Sitio
  • Contacto
  • Branded Content

© 2025 Tododisca S.L.U.

  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones

© 2025 Tododisca S.L.U.