El procedimiento para obtener una pensión de incapacidad permanente no siempre es sencillo. Más bien todo lo contrario. Por norma general, la solicitud se realiza desde la parte interesada hacia el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), al entenderse que se cumplen todos los requisitos necesarios para recibir una pensión de estas características.
También puede darse una situación excepcional en la que el propio INSS inicia un expediente de incapacidad permanente de oficio hacia un trabajador. Este expediente se suele producir cuando el trabajador cumple 18 meses de baja por incapacidad temporal.
Además, los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘ aclaran que «el mero hecho de que se produzca la apertura de un expediente de incapacidad permanente desde el INSS no significa que vayamos a obtener, seguro, una pensión de incapacidad permanente. Solamente un mecanismo de valoración que se activa por ley».
Plazo de resolución de incapacidad permanente
Cuando la solicitud parte del trabajador, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dispone de 135 días hábiles para emitir una resolución al respecto. Hay que tener en cuenta que el INSS analiza cada caso de forma particular, ya que no cuenta con un listado de enfermedades o lesiones que dan derecho a una pensión de incapacidad. Desde este organismo analizan diferentes elementos, con especial atención en la capacidad laboral que presenta el trabajador con respecto a sus dolencias o secuelas.
Si se supera el plazo de 135 días y el solicitante no recibe ninguna comunicación por parte del INSS, la solicitud se entiende como denegada por silencio administrativo. En este caso, es posible presentar una Reclamación Previa ante el INSS. Además, en última instancia, también se puede solicitar la pensión de incapacidad permanente a través de la vía judicial, previa demanda a la Seguridad Social.
Antes de iniciar un procedimiento judicial frente a la Seguridad Social para obtener una incapacidad permanente, los expertos recomiendan que un profesional abogado analice la situación. Es importante estudiar las posibilidades de éxito, ya que un proceso judicial puede alargarse durante años, conllevando un importante gasto económico y deterioro emocional.
Resolución de expediente en incapacidad
El proceso es diferente cuando es el INSS el que inicia un expediente de incapacidad permanente. En este caso, la resolución definitiva puede tener una duración de hasta tres meses, por lo que también es necesario ser paciente. No obstante, los expertos en la materia matizan que no suele demorarse tanto en el tiempo.
Por otra parte, en la resolución de expediente de oficio siempre se produce una comunicación a la parte interesada. Es decir, en estas situaciones no se aplica el silencio administrativo mencionado anteriormente.
Mientras se produce la resolución, el trabajador «seguirá de baja hasta que la Seguridad Social inicie el expediente de incapacidad permanente de oficio y emita una resolución. Y, por supuesto, cobrando el mismo importe que percibía por incapacidad temporal mensualmente antes de sobrepasar los 18 meses de baja médica». Así lo explican los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘, especialistas en incapacidad laboral.