Una de las modalidades de contrato de trabajo en España es el conocido como contrato de trabajo a tiempo parcial. En este sentido, el trabajador desempeña un número de horas determinadas su actividad laboral, con su correspondiente remuneración económica.
Según define la Seguridad Social «el contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable».
De esta forma se entiende por trabajador a tiempo completo comparable a un trabajador de la misma empresa y centro de trabajo que el mismo tipo de contrato de trabajo que realice una actividad laboral idéntica o similar.
«Si en la empresa no hubiera ningún trabajador comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal», así lo recoge la Seguridad Social.
Horas de empleo de un trabajo a tiempo parcial
Hay que tener en cuenta que la jornada diaria en el trabajo a tiempo parcial puede realizarse de forma continuada o partida. Este es uno de los aspectos más importantes que recoge la Seguridad Social al respecto del trabajo a tiempo parcial y la jornada laboral.
Al respecto, desde la Seguridad Social explican que «cuando el contrato a tiempo parcial conlleve la ejecución de una jornada diaria inferior a la de los trabajadores a tiempo completo y ésta se realice de forma partida, sólo será posible efectuar una única interrupción en dicha jornada diaria, salvo que se disponga otra cosa mediante convenio colectivo».
En función de la definición de la Seguridad Social sobre el trabajo a tiempo parcial, si la jornada completa se establece en 40 horas semanales, la jornada de trabajo a tiempo parcial debe ser menor a estas 40 horas.
En este sentido, un contrato de trabajo con 39 horas semanales ya puede ser considerado a tiempo parcial, tal y como se establece por ley.
Por norma general, en España se entiende como trabajo a jornada completa aquellos contratos que contemplan 40 horas semanales para el trabajador. Así, el contrato de trabajo a tiempo parcial puede ser una persona que trabaja 8 horas al día, pero solo viernes, sábados y domingos (24 horas semanales).
La jornada de trabajo a tiempo parcial más común es aquella en la que el trabajador realizar una actividad de lunes a viernes, pero realiza solo 4 horas de trabajo semanal; suponiendo un total de 20 horas a la semana.
¿Se pueden trabajar horas extraordinarias?
Por otra parte, desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social explican que los empleados con un contrato de trabajo a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias; salvo en los supuestos en los que se recogen en el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores.
No obstante, si que es posible pactar la realización de horas complementarias entre el trabajador y el empresario; las cuales se adicionarán a las horas ordinarias fijadas en el contrato a tiempo parcial.