Una excedencia laboral se concede cuando el trabajador solicita una suspensión de su contrato de trabajo. Esta figura, debe ser acatada por la empresa que además, debe conservarle el puesto de trabajo. Las consecuencias son que durante ese periodo, el trabajador no recibirá salario, sin embargo, sí se contabilizará ese periodo como trabajado a efectos de cómputo de antigüedad.
Esto quiere decir, que se trata de un derecho que tiene el trabajador para dejar su puesto de trabajo y su empresa, de forma temporal. Sin embargo, no se desvincula totalmente de la empresa a pesar de dejar de percibir un salario y de desarrollar una actividad. Tanto es así, que la empresa tiene la obligación de guardarle un puesto a la vuelta.
Son varias las causas que pueden llevar a una persona a pedir una excedencia laboral. No obstante, en una amplia mayoría de los casos, son situaciones personales que dificultan al trabajador compatibilizarlo con el trabajo, lo que le llevan a esta situación. Pero para ello, se contempla esta figura en la normativa laboral de nuestro país.
Y es que la excedencia laboral está recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, como en cualquier otro caso, el trabajador debe cumplir una serie de requisitos para poder acogerse este estado. Todo lo relativo a condiciones, requisitos y tipos de excedencias laborales, están recogidos en el mismo estatuto.
Tipos de excedencia laboral
Cabe señalar, que existen dos tipos de excedencia laboral: forzosa y voluntaria. En el primero de los casos, está figura está dirigida a aquellos trabajadores que tienen que dejar su puesto de trabajo en una empresa, para ostentar, por designación o elección, un cargo público incompatible con su puesto de trabajo. Por ello, se contempla como un acto forzoso, pues en muchos casos, las actividades son incompatibles.
Por su parte, la excedencia laboral voluntaria, es la que solicita el propio trabajador. Es decir, es la figura que más ampliamente se entiende como excedencia. En este caso, la persona solicita un ‘parón’ en su actividad laboral, por ser incompatible, habitualmente, con una situación personal. Esta puede ser el cuidado de un hijo u otro familiar. En estos casos, se interrumpe la actividad y el salario durante un periodo, que una vez cumplido, se recupera.
Requisitos para acogerse a esta figura
El caso más controvertido en el de la excedencia laboral voluntaria. Este se conoce, pero en muchas ocasiones, son los requisitos los que no se tienen claros. Lo más importante que debes saber, es que para solicitar una excedencia voluntaria debes tener una antigüedad mínima de 1 año en la empresa.
Por otra parte, el tiempo solicitado debe ser entre los cuatro meses y los cinco años. Ni más ni menos. No obstante, existe una excepción: si la excedencia es para el cuidado de un hijo, no podrá ser superior a 3 años. Otra excepción es el caso de tener que cuidar a un familiar asta el segundo grado de consanguinidad. En este caso, el tiempo máximo es de 2 años.
Otro caso es que tanto padre como madre que trabajan en una misma empresa, pidieran excedencia laboral. En este caso, el empresario podría limitar su ejercicio simultáneo por causas objetivas. Finalmente, una vez cumplido el periodo, el trabajador debe esperar al menos 4 años desde que finalizó el anterior periodo.